Profesión

El Supremo abre el proceso para recurrir la denuncia contra la venta exclusiva de test en farmacias

Tras la admisión del recurso contencioso-administrativo número, el Tribunal da un plazo de nueve días para que los interesados se personen.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles la apertura del procedimiento judicial sobre la distribución de productos de autodiagnóstico en España. Mediante un edicto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, se hace pública la admisión a trámite del recurso interpuesto por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) contra el Real Decreto 942/2025, de 21 de octubre

La resolución, fechada el 18 de marzo de 2026, activa el mecanismo de emplazamiento para que cualquier persona física o jurídica con interés legítimo pueda personarse en la causa. El objeto del litigio son los artículos 19.7 y 19.8 de la mencionada norma, los cuales blindan la venta de pruebas de autodiagnóstico, como los test de covid-19, gripe o embarazo, exclusivamente en las oficinas de farmacia, prohibiendo su comercialización en otros canales como supermercados o plataformas digitales.

Con la publicación en el suplemento del Tablón Edictal Judicial Único, comienza a correr un plazo de nueve días para que los posibles afectados, fundamentalmente colegios profesionales, asociaciones de la distribución y entidades de consumidores, se personen ante la Sección Cuarta de la Sala Tercera. Este paso es fundamental para quienes deseen sostener la conformidad a Derecho de la disposición que el Ministerio de Sanidad aprobó el pasado año.

Un conflicto de competencias y modelos

La CNMC argumentó en su recurso presentado la semana pasada, que las restricciones impuestas por Sanidad son desproporcionadas y perjudican al consumidor final. Según el organismo regulador, permitir la venta en establecimientos no farmacéuticos y a través de máquinas expendedoras favorecería la competencia y reduciría los precios. Esta visión choca frontalmente con la defendida por el ministerio, que prioriza el control sanitario sobre la liberalización del mercado.

El secretario de Estado de Sanidad, Javier Padilla, manifestó recientemente que el modelo de farmacia comunitaria asegura la equidad territorial y el asesoramiento profesional necesario para este tipo de productos. Para el ministerio, la red de farmacias actúa como un centro sanitario y no como un mero punto de venta, lo que garantiza que el test se utilice dentro de un contexto asistencial adecuado.

La decisión final del Tribunal Supremo determinará si el Gobierno debe modificar el reglamento para abrir la mano a la venta en grandes superficies o si, por el contrario, prevalecen los criterios de salud pública y seguridad del paciente que motivaron la redacción original del Real Decreto. El número de procedimiento asignado, 51/2026, centralizará a partir de ahora una de las batallas legales más relevantes para el sector en los últimos años.

Comentarios

Noticias relacionadas

Actividades destacadas