Gestión

Aemps y pacientes colaborarán en formación de cara al nuevo APL de Salud Digital

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios y la Plataforma de Organizaciones de Pacientes formalizaron la prórroga de su convenio de colaboración. El acuerdo busca potenciar el uso racional de fármacos y la confianza en el sistema.
Sede de la Aemps.

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) y la Plataforma de Organizaciones de Pacientes (POP) han dado luz verde a la prórroga del convenio suscrito originalmente en 2024. Esta extensión administrativa, publicada en el Boletín Oficial del Estado, permitirá dar continuidad a las líneas de trabajo conjuntas durante dos años adicionales.

El acuerdo tiene como eje central el fomento del uso seguro y racional de los medicamentos, así como el fortalecimiento de la confianza en la Red Reguladora de Medicamentos de la Unión Europea. La resolución, firmada por la directora de la Aemps, María Jesús Lamas Díaz, y la presidenta de la POP, Carina Escobar Manero, ratifica la voluntad de ambas instituciones de mantener un canal estable de colaboración.

Según recoge el documento, la decisión de prorrogar el vínculo partió de la comisión de seguimiento del convenio en su reunión de febrero de 2026. Tras analizar el desarrollo de la ejecución desde su puesta en marcha, los representantes de ambas partes consideraron necesario seguir con la colaboración para facilitar diversos aspectos de su aplicación.

Formación en salud digital

Uno de los puntos destacados en el escenario actual de cooperación es la actividad formativa vinculada a las reformas normativas en curso. En este sentido, la Aemps y la POP realizan sesiones informativas centradas en el nuevo anteproyecto de la Ley de Salud Digital del Ministerio de Sanidad. Este trabajo busca integrar la perspectiva de los pacientes en el despliegue de las nuevas herramientas tecnológicas del sistema sanitario.

La adenda de prórroga establece que la vigencia se extenderá por un periodo de dos años adicionales a contar desde la fecha de fin del convenio inicial. Esta ampliación se ajusta a lo previsto en la cláusula sexta del acuerdo original y cumple con los límites temporales que marca la normativa de régimen jurídico del sector público.

En cuanto a la vertiente financiera, la prórroga no supone ninguna obligación económica para ninguna de las partes firmantes. La eficacia de esta adenda quedó supeditada a su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), trámite que debe realizarse en un plazo de cinco días hábiles desde su formalización.

La Plataforma de Organizaciones de Pacientes, constituida en 2014, mantiene así su interlocución directa con el organismo regulador para desarrollar los compromisos recogidos en las cláusulas del texto de 2024. Aquellas estipulaciones que no fueron modificadas expresamente por la nueva adenda permanecen plenamente vigentes para el nuevo periodo de colaboración.

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