El presidente del Colegio de Podólogos de Murcia, Francisco Javier Serrano, y la presidenta del Colegio de Farmacéuticos, Isabel Tovar, han firmado un manifiesto para hacer "frente común" en la delimitación de las competencias de ambas profesiones. Así, en el documento dejan clara la habilitación de los podólogos para que les sean dispensados medicamentos (incluidos anestésicos), y aclaran que un profesional con capacidad prescriptora "no puede pasar consulta en una farmacia". En el manifiesto también se incluye la intención de colaborar en actividades formativas, especialmente en materia de pie diabético y formulación magistral.
El documento reflejaría que, de acuerdo con el Real Decreto sobre distribución de medicamentos de uso humano, y con una Resolución de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, "las oficinas de farmacia se encuentran habilitadas para la venta directa a los podólogos de aquellos medicamentos que precisen para el ejercicio profesional en sus consultas, a excepción de los estupefacientes" y que los medicamentos dispensados "serán aptos para su aplicación dentro de los centros sanitarios en los que los profesionales ejerzan y en cantidades adecuadas". No obstante, la farmacia deberá exigir una hoja de pedido en la que se indetifique el podólogo y el centro sanitario y conservarla durante tres meses, así como proporcionar al podólogo un albarán en el que identificará: la farmacia, el podólogo y el centro sanitario; y el nombre, cantidad y lote de los medicamentos. Esta documentación se deberá conservar en la farmacia 4 años al igual que las facturas.
Por otro lado, y atendiendo a lo establecido por la Ley de Ordenación Farmacéutica de la Región de Murcia, aclaran que la profesión del podólogo "no puede ser ejercidas dentro de las farmacias, ya que es incompatible la convivencia en la farmacia de profesionales con capacidad de prescripción, como los podólogos". Igualmente, se refieren a la venta de productos sanitarios estandarizados, "que no puede ser llevada a cabo por los profesionales prescriptores, a excepción del podólogo, que según la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias tiene reconocido el uso de las técnicas terapéuticas propias de su profesión entre las que se encuentra la Ortopodología, siempre que esté dado de alta como adaptador o fabricante en el Servicio de Ordenación y Atención farmacéutica de la Consejería de Salud".
Esta Ley también dictaría que los profesionales sanitarios realizarán a lo largo de su vida profesional una formación continuada, y acreditarán regularmente su competencia profesional, y que corresponde a todas las profesiones sanitarias participar activamente en proyectos que puedan beneficiar la salud y el bienestar de las personas en situaciones de salud y enfermedad, especialmente en el campo de la prevención de enfermedades, de la educación sanitaria, de la investigación y del intercambio de información con otros profesionales y con las autoridades sanitarias, para mejor garantía de dichas finalidades. Por ello, los firmantes del Manifiesto, se han comprometido "a colaborar en actividades formativas de interés para ambas profesiones sanitarias (Podología y Farmacia), especialmente en materia de pie diabético y formulación magistral".