La Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria (SEFH) ha solicitado por carta al Ministro de Sanidad, Salvador Illa, que se reconozca a los farmacéuticos especialistas en Farmacia Hospitalaria como profesionales sanitarios dentro del equipo asistencial y que se incluya la especialidad de Farmacia Hospitalaria entre aquellas para las que se establece la prórroga de la contratación de los residentes de último año establecida en la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo.
Concretamente, dicha orden contempla, en el artículo 2.1, la prórroga de la contratación de los residentes en el último año de formación, de las especialidades de Geriatría, Medicina del Trabajo, Medicina Familiar y Comunitaria, Medicina Intensiva, Medicina Interna, Medicina Preventiva y Salud Pública, Neumología, Pediatría y sus Áreas Específicas, Radiodiagnóstico, Microbiología y Parasitología, Enfermería del Trabajo, Enfermería Familiar y Comunitaria, Enfermería Geriátrica y Enfermería Pediátrica. No así de los de Farmacia Hospitalaria.
En opinión de la presidenta de la SEFH, Olga Delgado, "la red hospitalaria del Sistema Nacional de Salud debe poder contar con la continuidad automática a partir de mayo de los FIR de último año, que actualmente están volcados en los procesos asistenciales en dichos centros".
Desde la Sociedad se explica que, "toda atención sanitaria especializada que implique la utilización de medicamentos y productos sanitarios en un hospital exige la actuación de los especialistas en Farmacia Hospitalaria, más aún en situaciones de crisis como la que estamos viviendo". Recuerda que estos especialistas son responsables "de la gestión de los medicamentos necesarios para tratar a los pacientes, de garantizar la disponibilidad, y su distribución en el momento preciso". "Somos, asimismo, legalmente responsables de supervisar cada prescripción y de establecer los sistemas que garanticen la administración correcta e individualizada a cada paciente, así como de establecer alternativas en casos de desabastecimientos de medicamentos", añade.
Lo que sí se permite, como indica el texto, al cual se le han introducido algunas modificaciones, es la contratación, "con carácter excepcional y transitorio", de personas con grado, licenciatura o diplomatura que carezcan del título de especialista, pero que realizaron las pruebas selectivas 2018/2019 y 2019/2020 de formación sanitaria especializada.
En el caso de las de 2018/2019, se admitirá la de aquellos que realizaron las pruebas selectivas y que, habiendo superado la puntuación mínima en el ejercicio, no resultaron adjudicatarios de plaza, bajo la modalidad contractual prevista en el Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud. En ese caso, el contrato tendrá una duración de tres meses prorrogables por sucesivos períodos de tres meses.
También a los que realizaron las pruebas selectivas 2019/2020 y que han superado la puntuación mínima en el ejercicio, bajo la misma modalidad contractual.