Terapéutica

¿Qué se sabe del protocolo para fármacos de alta complejidad y más de 80.000 euros?

El protocolo, sobre el que la Comisión Permanente de Farmacia ha estado trabajando desde 2024, no afecta automáticamente a todos los medicamentos que superen ese coste. Aplica inicialmente a una lista cerrada de 66 tratamientos, en su mayoría vinculados a terapias avanzadas, enfermedades raras y medicamentos huérfanos.

El pasado viernes el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud aprobó un protocolo de manejo de los tratamientos farmacológicos de alta complejidad y elevado coste que busca resolver un problema que hasta ahora se gestionaba de manera desigual: qué ocurre cuando un hospital de una comunidad autónoma diagnostica o trata a un paciente de otra región con un medicamento de muy elevado coste.

Según ha podido saber Diariofarma, el protocolo, consensuado a nivel de todas las comunidades autónomas, se ha venido construyendo a lo largo de dos años en el seno de la Comisión Permanente de Farmacia (CPF) y se ve de forma general de forma positiva por todas las comunidades, aunque con algún matiz entre las que son netamente derivadoras y receptoras de pacientes. En concreto, la CPF creó en 2024 un 'Grupo de trabajo de coordinación entre comunidades autónomas de tratamientos de alta complejidad' que ha venido desarrollando su actividad este tiempo, de acuerdo con las memorias del Consejo Interterritorial de 2024 y 2025..

La lista de 66 medicamentos, correspondientes a 12 terapias avanzadas y 54 considerados de alto impacto económico no será hecha pública en principio, aunque el protocolo de actuación es posible que sí se exponga, según fuentes del Ministerio de Sanidad. En cualquier caso, en ese listado, que se podrá ir modificando con el tiempo, habría medicamentos para enfermedades raras y de muy baja prevalencia, incluyendo terapias génicas y celulares de administración única, tratamientos para cánceres hematológicos, enfermedades neuromusculares, metabólicas y lisosomales, así como anticuerpos monoclonales y terapias enzimáticas crónicas que requieren un elevado nivel de especialización hospitalaria.

Aunque el protocolo situó el umbral en 80.000 euros por paciente y año, el acuerdo no establece, al menos inicialmente, un procedimiento obligatorio para todos los medicamentos que superen esa cifra, sino que debe cumplir una serie de características de manejo de alta complejidad y un número relativamente bajo de pacientes para ser incorporado a este nuevo protocolo. En cualquier caso, la relación será dinámica y podrá ampliarse a propuesta de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos.

Un problema asistencial, pero también presupuestario

El conflicto que intenta solucionar el protocolo aparece cuando el diagnóstico o la indicación se realizan en un centro altamente especializado situado fuera de la comunidad de residencia del paciente.

Hasta ahora, los profesionales de los hospitales podían acordar directamente la derivación y el inicio del tratamiento. La administración sanitaria de origen no siempre conocía la decisión hasta que recibía la factura o se encontraba con un tratamiento ya iniciado que debía continuar financiando. “Se busca coordinar a las comunidades implicadas para dar respuestas únicas a los pacientes”, señalan desde Sanidad.

Esta visión es compartida desde una comunidad autonómica. “Muchas veces se ponen de acuerdo los hospitales y las comunidades autónomas no nos enteramos hasta que nos llega la factura”, explica a Diariofarma un responsable autonómico de Farmacia. En tratamientos que pueden superar ampliamente los 100.000 euros anuales y mantenerse durante años, la incorporación inesperada de uno o varios pacientes puede alterar de manera apreciable el presupuesto farmacéutico de un servicio de salud.

El nuevo sistema pretende que la comunidad que deberá asumir el coste farmacológico participe desde el principio en la toma de decisiones. No se trata, formalmente, de volver a evaluar el medicamento ni de cuestionar el criterio clínico del centro experto, pero la comunidad de origen deberá comprobar que la derivación se ha realizado correctamente y que el paciente cumple las condiciones de financiación establecidas por el SNS. Solo después de esa valoración positiva podrá completarse la indicación en el centro de referencia, según la secuencia descrita por el Ministerio.

El punto delicado estará en comprobar si esa intervención se limita realmente a una validación administrativa o si, en la práctica, algunas comunidades incorporan revisiones adicionales capaces de retrasar el inicio del tratamiento. La nota de prensa no establece plazos máximos de respuesta, mecanismos para resolver discrepancias ni un procedimiento urgente para enfermedades en las que una demora pueda afectar al pronóstico.

El aprendizaje de las CAR-T

El modelo no parte de cero. Reproduce y amplía buena parte del circuito que el SNS ha desarrollado para las terapias CAR-T y, posteriormente, para otros medicamentos de terapia avanzada. El nuevo protocolo extiende esa lógica a otros medicamentos que, aunque no sean terapias avanzadas, reúnen tres características frecuentes: elevado coste por paciente, indicaciones muy especializadas y concentración de la experiencia clínica en un número reducido de centros.

“Es coger el aprendizaje de las CAR-T” y aplicarlo a un grupo más amplio de terapias. El objetivo no es crear nuevos centros nacionales ni cambiar necesariamente el mapa de derivaciones, sino ordenar la comunicación y la relación económica cuando intervienen hospitales y administraciones diferentes.

El origen del acuerdo ahora alcanzado se remonta, al menos, a febrero de 2024, cuando la Comisión Permanente de Farmacia abordó los medicamentos de alto impacto asociados a centros de referencia. El grupo se activó formalmente en septiembre con el objetivo de coordinar estos tratamientos entre comunidades autónomas. El proyecto siguió desarrollándose durante 2025 y figuraba todavía como pendiente de aprobación por el Consejo Interterritorial en la memoria anual de ese ejercicio, algo que se habría producido el pasado viernes.

Por tanto, no se trata de una decisión improvisada ni de un sistema diseñado exclusivamente por el Ministerio. El documento es el resultado de casi dos años de trabajo en la Comisión Permanente de Farmacia y ha sido consensuado con las comunidades autónomas, aunque su aplicación práctica pueda resultar más favorable para unas que para otras.

La comunidad de origen pagará el medicamento

La regla general es que el coste farmacológico corresponderá a la comunidad donde el paciente tenga reconocida su asistencia sanitaria, aunque el medicamento sea prescrito, dispensado o administrado en otra región.

Esto resulta especialmente relevante para comunidades que cuentan con hospitales de referencia y reciben un número elevado de pacientes de otros territorios. Hasta ahora, esos centros podían adquirir medicamentos de enorme coste para pacientes externos y depender posteriormente de mecanismos de compensación que no siempre cubrían adecuadamente la prestación farmacéutica.

El Sistema de Información del Fondo de Cohesión, SIFCO, registra las derivaciones programadas entre comunidades y sirve de base para las compensaciones asociadas a la actividad de los CSUR. Sin embargo, el problema señalado por los responsables autonómicos es que el coste específico del medicamento no se integra de manera suficiente en ese sistema de compensación.

El protocolo introduce una solución operativa: que la comunidad de origen compre o financie directamente el tratamiento, incluso si su administración se realiza en el hospital de destino. La atención hospitalaria, las pruebas, el procedimiento y otros costes asistenciales seguirán sus mecanismos habituales de compensación, mientras que el medicamento quedará claramente imputado al territorio del paciente.

En la práctica, esto obligará a desarrollar fórmulas de adquisición y suministro entre servicios de salud. Habrá que determinar cómo se gestionan los medicamentos sometidos a acuerdos confidenciales, techos máximos de gasto, pagos por resultados o descuentos ligados al volumen de compra de cada comunidad. Estas cuestiones no aparecen resueltas en la nota ministerial.

Tratar cerca del domicilio cuando sea posible

El protocolo no pretende que todos los pacientes sean atendidos exclusivamente en el centro experto. Su orientación es la contraria: mantener en el hospital de referencia aquello que requiera verdadera especialización y trasladar a la comunidad de origen los actos que puedan realizarse allí con seguridad.

Esta previsión es particularmente importante para tratamientos crónicos, medicamentos orales y terapias dispensadas a pacientes externos. Si el hospital de origen dispone de capacidad, la prescripción, la dispensación y la administración deberán realizarse preferentemente en la propia comunidad, evitando desplazamientos periódicos que pueden prolongarse durante años.

El centro de referencia conservará el papel de experto, podrá participar en un seguimiento compartido y debería efectuar al menos una valoración anual en los tratamientos crónicos para decidir sobre su continuidad.

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