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Sanidad y CC.AA. acuerdan el protocolo para fármacos de más de 80.000 euros anuales

El Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud aprobó un protocolo común para coordinar el acceso a 66 tratamientos farmacológicos de alta complejidad. El acuerdo regula el circuito clínico y económico entre comunidades autónomas.

El Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud ha aprobado un protocolo común para coordinar entre las comunidades autónomas el acceso a tratamientos farmacológicos de alta complejidad. La medida ordena la relación entre los centros hospitalarios y las autonomías de origen y destino. El objetivo principal de este acuerdo se centra en garantizar la equidad territorial, la calidad del proceso y la continuidad asistencial cuando un paciente deba recibir atención en un centro de referencia ubicado en una comunidad autónoma distinta a la suya.

La normativa se aplicará inicialmente a un total de 66 tratamientos farmacológicos de alta complejidad que ya forman parte de la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud. Este grupo inicial se divide en 12 terapias avanzadas, como medicamentos basados en genes, células o tejidos, y 54 tratamientos de alto impacto económico. En este último apartado se incluyeron de forma específica aquellos medicamentos que presentan un coste igual o superior a 80.000 euros por paciente y año.

El listado de fármacos mantendrá un carácter dinámico y podrá actualizarse a medida que se incorporen nuevas alternativas terapéuticas. A partir de la aprobación de este protocolo, la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos asumirá la tarea de proponer qué nuevos tratamientos se integran en el circuito. Esta designación se realizará en función de si las novedades constituyen terapias avanzadas o si conllevan un alto impacto económico por paciente.

El protocolo validado por el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas regula tanto el circuito clínico como el económico. Cuando un centro de referencia identifique a un paciente candidato, comunicará la situación al hospital de origen y a su comunidad autónoma, que valorarán la propuesta y comprobarán los criterios de financiación. En el plano financiero, el texto determinó que, con carácter general, la adquisición y financiación del tratamiento corresponderá a la comunidad autónoma de origen del paciente, incluso cuando la administración del medicamento se efectúe en un territorio diferente.

Siempre que resulte posible, la prescripción, dispensación y administración de los fármacos se realizará en la comunidad autónoma de origen, especialmente en el caso de tratamientos crónicos o de larga duración. Para los casos que lo requieran, se establecerá un modelo de seguimiento compartido entre ambos centros sanitarios. El hospital de referencia realizará al menos una valoración anual para revisar la evolución clínica y evaluar la continuidad del tratamiento. A corto y medio plazo, las comunicaciones se gestionarán mediante un formulario estandarizado y anonimizado, mientras que a largo plazo se avanzará hacia una plataforma tecnológica común.

Por otra parte, el Consejo Interterritorial refrendó la distribución territorial de 235.449.950 euros para el ejercicio presupuestario 2026. La mayor partida presupuestaria se destinó al Marco Estratégico de Atención Primaria y Comunitaria, con una dotación de 172.425.000 euros. Asimismo, los miembros del pleno aprobaron la transferencia de 60.058.000 euros para el impulso de la ampliación de la cartera común de servicios de salud bucodental en el sistema público. El resto del presupuesto se dividió entre la mejora del sistema de información, con 2.006.950 euros, y el desarrollo técnico del Marco Estratégico para los Cuidados de Enfermería, que contó con una dotación de 960.000 euros.

Actualización del manual de eutanasia

El pleno ratificó también la segunda edición del 'Manual de buenas prácticas en eutanasia', que actualiza la versión de 2021 e introduce la experiencia de cuatro años de aplicación de la ley orgánica. El nuevo texto incorporó formalmente a la enfermera del equipo asistencial como figura de referencia encargada del apoyo informativo, el acompañamiento y los cuidados propios de su competencia. La estructura organizativa sumó unidades administrativas de apoyo en las comunidades autónomas para facilitar la información ciudadana y la coordinación operativa de la prestación.

Entre las novedades normativas del documento, se unificaron los criterios de los tiempos del proceso asistencial. El paciente podrá solicitar un aplazamiento de hasta seis meses una vez reconocido el derecho a la prestación. El texto detalló las condiciones de suspensión temporal y determinó que, si el trámite se detiene por causas del solicitante durante tres meses, la comisión archivará el expediente. El manual recomendó la tramitación abreviada para casos urgentes con riesgo de pérdida inminente de capacidad, actualizó la regulación del Registro Nacional de Instrucciones Previas y pautó la inclusión de la donación de órganos según los protocolos de la Organización Nacional de Trasplantes.

Finalmente, la reunión ministerial sirvió para autorizar una línea de financiación específica vinculada al Marco Estratégico para los Cuidados de Enfermería. El Ministerio de Sanidad destinará 60.000 euros a cada comunidad autónoma y al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. Estos fondos permitirán contratar personal de sustitución para liberar de la labor clínica a una enfermera experta en cuidados durante un periodo de dos años. Esta profesional se centrará en el desarrollo de un sistema común de indicadores y en un modelo de clasificación de pacientes para organizar las plantillas según la complejidad asistencial en hospitales, atención primaria y residencias.

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