Terapéutica

Sanidad anuncia la actualización de la cartera de servicios del SNS

Con la entrada en vigor de la Orden se proporciona una prestación equitativa, mejorada y más actualizada, homogeneizando su contenido en todo el territorio español, apuntan desde el Ministerio, que ha dado seis meses a las CCAA y las mutuas para que se adapten.
María Luisa Carcedo, ministra de Sanidad en funciones.

El Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social ha informado de la entrada en vigor, el 1 de julio, de las órdenes que actualizan el Real Decreto 1030/2006 y que amplían la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud (SNS) con prestaciones dirigidas, fundamentalmente, a la infancia, mujeres y personas con discapacidad. A partir de aquí, se abre un periodo de seis meses para que las comunidades autónomas, Ingesa (Ceuta y Melilla) y mutualidades adapten sus catálogos a lo dispuesto en la normativa.

Entre las actualizaciones de la cartera, Sanidad destaca el nuevo programa de cribado poblacional frente al cáncer de cérvix, para determinar la población diana, que se realizará a las mujeres entre 25 y 65 años. Entre 25 y 34 años a través de citologías cada tres años, y en las edades comprendidas entre 35 y 65 años mediante la determinación del virus del papiloma humano de alto riesgo.

En cuanto a las mujeres mastectomizadas, se reconoce la micropigmentación de la areola mamaria y el pezón como parte de la reconstrucción mamaria, con el fin de garantizar que esta prestación se ofrezca de forma homogénea en todo el Sistema Nacional de Salud.

Además, la nueva cartera de servicios incluye facilitar un lector ocular u otros sistemas de comunicación similar a pacientes con trastornos neuromotores graves con afectación de ambos miembros superiores e imposibilidad de comunicación oral o escrita, con el fin de aumentar su autonomía y calidad de vida. Estos instrumentos, explican, permiten la comunicación mediante la interacción con ordenadores a través de sistemas de seguimiento del movimiento ocular y están especialmente indicados para personas con esclerosis lateral amiotrófica, trombosis de la arteria basilar, parálisis cerebral infantil, traumatismo craneoencefálico y mielinolisis pontina, con suficiente capacidad mental, intelectual, de aprendizaje y de control para su manejo.

Asimismo, la nueva orden detalla y actualiza el catálogo común de prestación ortoprotésica en lo relativo a las prótesis distintas a las de miembros. En total, se incluyen 81 tipos de productos: nuevos tipos de prótesis de mama y de restauración facial (nariz, pabellones auriculares, globos oculares y prótesis de maxilares). También las prótesis auditivas: audífonos y recambios de componentes externos de implantes auditivos activos (implante de conducción ósea, implante coclear, de tronco cerebral y de oído medio), así como recambios de componentes externos de implantes quirúrgicos (componentes externos del estimulador diafragmático o electroestimulador del nervio frénico).

En lo que respecta a los audífonos, se aumenta la edad para su financiación, desde los 16 años actuales, hasta los 26 años de forma gradual. También se incluyen varios tipos de sillas de ruedas, chasis, férulas, corsés, andadores, cojines antiescaras, etc. y se amplían indicaciones de algunos productos ya existentes (cojines para prevenir úlceras por presión, sillas de ruedas especiales para usuarios activos), cubriendo así necesidades que hasta ahora no lo estaban.

Mejora de la equidad

"Con esta Orden se proporciona una prestación ortoprotésica equitativa porque establece un catálogo común de productos ortoprotésicos para todo el SNS, mejorada y más actualizada. La norma homogeneiza el contenido de la prestación en todo el territorio español acabando así con las desigualdades que generaban los distintos catálogos de las comunidades autónomas", concluyen desde el Ministerio, desde donde explican que, de este modo, se adecúan además los importes máximos de financiación a la realidad del mercado, para que puedan financiarse totalmente los productos ortoprotésicos incluidos en el catálogo sin que los usuarios tengan que abonar cantidades adicionales como ocurría en muchas ocasiones hasta ahora.

De hecho, la Orden contempla la posibilidad de que el usuario no tenga que adelantar el importe de los productos cuando se trate de personas con escasos recursos económicos o de productos de elevado importe, siendo competencia de las comunidades autónomas la definición del procedimiento de obtención de la prestación ortoprotésica.

En relación a la regulación de la prestación, se establecen requisitos para los productos, para la prescripción, para la dispensación y para los establecimientos. Además se regula un procedimiento de inclusión y actualización de los productos en la oferta, que será telemático, y se identificarán los productos financiables mediante un código y un precinto identificativo que permitirá un mejor control de los productos prescritos y dispensados.

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