Terapéutica

Sanidad crea un comité asesor para la cartera genética y amplía los servicios en el SNS

El Ministerio de Sanidad ha aprobado la Orden SND/606/2024, creando un Comité Asesor para la Cartera Común de Servicios en Genética y modificando anexos de la cartera genética del Real Decreto 1030/2006.

El Ministerio de Sanidad ha dado un paso significativo en la mejora de los servicios genéticos en España con la aprobación de la Orden SND/606/2024, de 13 de junio. Esta normativa, publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), no solo establece la creación del Comité Asesor para la Cartera Común de Servicios en el Área de Genética, sino que también modifica diversos anexos del Real Decreto 1030/2006, que regula la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud (SNS), ampliando las prestaciones en esta materia.

La creación del Comité Asesor tiene como objetivo principal la coordinación y el seguimiento de los servicios genéticos ofrecidos en el SNS. Este órgano estará adscrito a la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, y dependerá de la Comisión de Prestaciones, Aseguramiento y Financiación. Su función será asegurar la calidad y la homogeneidad en la implementación de pruebas y tratamientos genéticos a lo largo del territorio español.

Las principales funciones del Comité incluyen la propuesta del desarrollo y actualización de la cartera común de servicios para enfermedades y trastornos genéticos, el asesoramiento en estrategias de estudios genéticos y genómicos, y la proposición de criterios comunes para la elaboración de catálogos genéticos en las distintas comunidades autónomas. Además, coordinará un sistema de información para el seguimiento de la cartera de servicios genéticos, identificará necesidades y resolverá dificultades en la aplicación de la normativa genética, y propondrá actividades informativas dirigidas a profesionales y pacientes. Todo esto se realizará con el apoyo de los medios humanos y materiales actuales del Ministerio de Sanidad, sin suponer un incremento del gasto público, tal y como indica la propia orden, lo que puede afectar a la prestación de otros servicios dada la escasez de recursos disponibles en el departamento.

El nuevo Comité estará presidido por el director general de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, con una vicepresidencia a cargo de la Subdirección General de Cartera de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Fondos de Compensación. Además, contará con vocales de cada comunidad autónoma, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa), de las mutualidades de funcionarios, y de diversas subdirecciones del Ministerio de Sanidad.

Actualización de las prestaciones

La Orden SND/606/2024 también trae consigo importantes cambios en los anexos I, II, III, VI y VII del Real Decreto 1030/2006. Entre las principales actualizaciones se encuentran ampliaciones y especificaciones en la promoción y prevención de la salud. En el Anexo I, se amplía el programa de cribado neonatal de enfermedades endocrino-metabólicas, incluyendo nuevas patologías como la deficiencia de biotinidasa y la enfermedad de la orina con olor a jarabe de arce, entre otras. Igualmente destaca una nueva prestación de cribado neonatal de hipoacusia.

Por otro lado, también se reafirman los programas de cribado poblacional de cáncer de mama, colorrectal y de cérvix, estableciendo criterios específicos para cada uno. Además, se incluye el cribado prenatal de anomalías cromosómicas y enfermedades infecciosas, con pruebas específicas como el test combinado del primer trimestre y el test de ADN fetal libre en sangre materna.

En el Anexo II, se refuerza la captación de la mujer embarazada en el primer trimestre y la detección de embarazos de riesgo, alineando estas actividades con los programas de cribado prenatal mencionados anteriormente. En el Anexo III, se amplían las prestaciones de atención bucodental, incluyendo nuevas medidas preventivas y tratamientos para diversas condiciones, tanto en población general como en grupos específicos como niños, embarazadas y personas con discapacidad. Además, se especifican criterios para la inclusión de la tomografía por emisión de positrones (PET) en diagnósticos oncológicos.

Aparte de los aspectos mencionados, es importante destacar la implicación del Ministerio de Sanidad en la elaboración de protocolos consensuados en el marco del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. Estos protocolos permitirán abordar de manera homogénea y con criterios de calidad los procesos de cribado y otros servicios relacionados con la genética en todas las comunidades autónomas. El desarrollo de un sistema de información que permita en los niveles autonómico y estatal realizar un correcto seguimiento y evaluación de estos programas poblacionales es otro de los puntos fuertes de esta normativa.

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