Las farmacias comunitarias no tendrán que llevar un registro conectado con el Ministerio de Sanidad en el que se incluyan todos los descuentos por pronto pago o volumen de compra que obtengan de la distribución o de las compañías farmacéuticas, como recogía en un primer momento la enmienda presentada a la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2016 que modifica el texto refundido de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos.
El Partido Popular había presentado una enmienda que eliminaba los límites máximos de descuentos que distribución e industria podrían hacer a las farmacias comunitarias por los medicamentos financiados con fondos públicos. Hasta ahora, ese límite estaba en un 10%. No obstante, a partir de ahora se elimina esa limitación. Inicialmente la modificación legislativa establecía que industria, distribución y farmacia deberían establecer un sistema de información interconectado con el Ministerio de Sanidad para que este hiciera seguimiento de los descuentos. Ahora se salva a las farmacias de tener que poner en marcha ese registro.
La solicitud ha llegado desde diferentes ámbitos de la farmacia, especialmente el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (CGCOF), pero la Federación de Distribución Farmacéutica (Fedifar) también ha solicitado que, adicionalmente, se anule esa obligación para las entidades de distribución.
Fedifar considera que actualmente ”hay suficiente transparencia” puesto que todos los descuentos que se aplican están “perfectamente documentados en las correspondientes facturas”. La patronal estima que la obligación de establecer el registro mensual de descuentos daría lugar a una información desproporcionada e inmanejable, al tiempo que “extremadamente costosa y poco efectiva”. Además, recuerda que todo el sector está sometido a autorización administrativa y son inspeccionados regularmente por las autoridades. Por todo ello, Fedifar no encuentra los “beneficios que este nuevo sistema aportaría y sí grandes inconvenientes para los agentes”.