Política

RD de precios de los PS: la CNMC critica el método de fijación de precios y la dispensación en farmacias 

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido un informe en relación al Proyecto de Real Decreto por el que se regula el procedimiento de financiación selectiva de los productos sanitarios con cargo a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud (SNS), para pacientes no hospitalizados y se determinan los márgenes correspondientes a su distribución y dispensación, a instancia del Ministerio de Sanidad.

LA CNMV critica en su informe tres aspectos fundamentales. Por un lado asegura que “se observan fuertes restricciones derivadas, fundamentalmente, del régimen de financiación, precios y distribución”. A este respecto, en primer lugar asegura que el sistema establecido, que “no analiza suficientemente los efectos perversos que conlleva la fijación de precios y márgenes a los operadores”. Como segunda observación asegura que “a los nuevos productos se les exige un procedimiento más gravoso de inclusión propio de productos de otra naturaleza, mientras que a los operadores instalados se les valida automáticamente la financiación de su producto y precio”. Por último, y como ya es habitual en cada informa de la CNMC que afecta al ámbito farmacéutico, el organismo “aconseja replantear el papel predominante de la dispensación a través de oficinas de farmacia, sin que se aprovechen mecanismos alternativos”.

En su valoración general, la CNMC asegura que “el mercado de Productos Sanitarios de la Prestación Farmacéutica (PSPF) presenta singularidades económicas que lo hacen proclive a deficiencias en su funcionamiento competitivo, situación que puede agravarse con una respuesta regulatoria inadecuada”.

Además, señala que la “oferta está fuertemente concentrada y sujeta a un régimen de fijación de precio al margen de mecanismos de mercado”. En este sentido, “la demanda es inelástica al precio por la dimensión sanitaria y por el hecho de tratarse de productos financiados y sujetos a prescripción”. Por ello, exponen que la asimetría de información es elevada y los incentivos no están alineados, lo que suscita potenciales problemas de riesgo moral o conflicto de interés que distorsionan la asignación eficiente de recursos. “El riesgo de colusión y apropiación indebida de rentas es elevado”, afirman.

Fijación de precios y márgenes

En cuanto a la fijación de márgenes, la CNMC señala que “elimina el escaso juego competitivo que regía en el modelo anterior en forma de incentivos a la mejor prestación del servicio, innovaciones o eficiencias por una mejor política comercial, en perjuicio de los nuevos entrantes, la innovación y las mejores prestaciones para los pacientes y usuarios”.

El proyecto de Real Decreto también establece un sistema de fijación de precios de los productos sanitarios similar al de los medicamentos. A este respecto, consideran que “el sistema establecido no analiza suficientemente los efectos perversos que conlleva la fijación y de precio y márgenes a los operadores” y, por ello, la CNMC cuestiona su “idoneidad, e incluso la viabilidad”. Según indican, “someter productos en muchos casos estandarizados a estos procesos largos de evaluación debe ajustarse al principio de racionalidad del coste efectivo”. Además, consideran que “a los nuevos productos se les exige un procedimiento gravoso de inclusión propio de productos de otra naturaleza, mientras que a los operadores instalados se les valida automáticamente la financiación de su producto y el precio”.

Por ello, recomiendan que “es urgente adaptar la regulación de los PSPF ante la inseguridad jurídica en la que se encuentran, pero cabe cuestionarse si el régimen idóneo es el del régimen más intenso de los existentes”.

Dispensación en farmacias

La otra cuestión relevante del informe se refiere a la restricción a la venta minorista de estos PSPF en las oficinas de farmacia. La CNMC recomienda eliminar la reserva de dispensación de las oficinas de farmacia de aquellos productos sanitarios que “no exijan un acto de dispensación propiamente dicho”. De este modo, y como ya viene siendo habitual siempre que el organismo realiza alguna consideración del mercado farmacéutico, Competencia propone extender el suministro a través del canal institucional.

Competencia recuerda que la reserva en exclusiva de la actividad de dispensación a las oficinas de farmacia, que este proyecto de real decreto mantiene, ya se consideró en el informe CNMC (IPN 23/15) una restricción regulatoria que debería revisarse, para permitir la entrada a otros establecimientos.

Además, añaden que, “en caso de que precisara de la acción de dispensación propiamente dicha, no debe limitarse únicamente a farmacéuticos o a titulares de oficinas, sino que podría ser idóneo otro técnico sanitario”.

En este sentido, aseguran que el hecho de que el producto sea financiado por el SNS no parece razón suficiente para mantener la reserva. La Comisión expone que “la generalización de la receta electrónica y el amplio acceso a la tecnología simplifica el proceso de reembolso para que se pueda hacer de manera sencilla y sin necesidad de intermediación por un tercero”.

A este respecto, la CNMC refiere que el suministro a través del canal institucional (compras a través de licitaciones públicas) permite “considerables ganancias de eficiencia, gracias al mayor poder de compra y la mayor competencia en el mercado”. Además, señalan que “puede ayudar a mitigar los posibles conflictos de interés de prescriptores y dispensadores, favoreciendo el principio de uso racional”.

De hecho, exponen que en algunos de los sistemas sanitarios de referencia en nuestro entorno, es el canal mayoritario de suministro mientras que en el SNS sigue siendo minoritario.

Propuestas en favor de la competencia

La CNMC señala que la regulación del proyecto de real decreto no introduce “relevantes mejoras desde un punto de vista de competencia y eficiencia” y, por ese motivo realizan una serie de recomendaciones al respecto.

Por un lado, reclaman la extensión del sistema de agrupaciones homogéneas a más categorías, puesto que aunque está habilitado desde 2011 “solo se establecieron tres categorías”, algodones, gasas y esparadrapos, de las más de 20 que existen. En concreto se fijan en los absorbentes para incontinencia de orina “por suponer un 60% del gasto”.

Además, proponen “extender las licitaciones competitivas y medidas de agregación de la demanda” y analizar con profundidad el mercado y las licitaciones para “evitar riesgos de ineficiencias o restricciones a la competencia tanto a corto como a largo plazo”.

Otra de las propuestas van en línea de “profundizar en otras políticas de demanda pro competitivas”. A este respecto, señalan como algunas de las medidas concretas “introducir la prescripción genérica, con un correcto juego de incentivos”, ampliar las “posibilidades de sustitución del producto por el farmacéutico”; aumentar la información del paciente o estudiar sistemas alternativos de mercado para determinar los precios, como son los precios seleccionados.

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