El Colegio Oficial de Farmacéuticos (COF) de Madrid ha remitido una circular a sus colegiados, para proponerles un 'Procedimiento de actuación profesional para la dispensación de medicamentos en el domicilio'. El objetivo es, indican, "garantizar el acceso y la continuidad de los medicamentos de aquellas personas que deben permanecer aisladas en sus domicilios, especialmente personas mayores con tratamientos crónicos".
Proponen una aplicación "provisional", mientras duren las medidas extraordinarias adoptadas por el Gobierno como consecuencia del Covid-19, y recuerdan que, en todo caso, la realización de esta actividad debe ir sujeta a la obtención del consentimiento informado del paciente (adjuntan un modelo en el anexo). Además, recomiendan "formalizar un registro (también adjunto) por cada actuación profesional realizada en el domicilio".
El COF "anima" a aplicar este protocolo a todas las farmacias. El modelo de atención que proponen parte de que sea el paciente el que llame a "la farmacia habitual de su zona de proximidad", se identifique y solicite "los medicamentos que precise de su prescripción médica electrónica o en receta papel en caso de mutualidades o privadas". Seguidamente, el farmacéutico comprobará su identidad y, "mediante el número CIP SNS accederá a la receta electrónica". En caso de medicamentos psicotrópicos, tendrá que pedir el número de DNI al paciente o solicitante.
De los medicamentos incluidos en la e-receta, solo se dispensarán los que el paciente demande y de modo que sirvan "para cubrir el periodo de dispensación de 28 días". El farmacéutico deberá informar de la indicación, posología y pautas de administración, "garantizando el uso correcto, así como revisando posibles reacciones adversas, interacciones o situaciones con el paciente". En caso de que medicamentos con diferentes marcas o presentaciones, el farmacéutico, indica el protocolo, "se asegurará de cuál es el que habitualmente utiliza, para garantizar la adherencia y evitar errores".
En el caso de que el paciente solicite otros medicamentos fuera de receta, deberá comprobar posibles interacciones o contraindicaciones, para validar, o no, la solicitud. Además, en cuanto a los medicamentos "de administración especial", como inhaladores, colirios, inyectables, etc., se encargará de orientar al paciente para su utilización. Se prestará también atención especial aquellos fármacos "con posología semanal, quincenal, mensual, así como con formas sublinguales o bucodispensables".
El acto de entrega
Una vez realizada toda la gestión, el farmacéutico informará del plazo de entrega estimado. En el acto de la entrega, que deberá ser realizado "por personal de la farmacia con las debidas medidas de protección", se comprobará la identidad del paciente y se recogerá el consentimiento informado.
En lo que respecta al encaje legal de la actuación, el COF indica que, "de forma excepcional, se han habilitado para todas las farmacias de Madrid medidas extraordinarias con el único objetivo de facilitar el acceso de medicamentos a ciertos sectores de la población". Advierten, no obstante, de que "no se deben publicitar ni utilizarse de forma ilícita para el beneficio particular".
En una información publicada en su web, el despacho Orbaneja Abogados sugiere que la medida ha sido adoptada con la connivencia de la Comunidad de Madrid. Así, aunque la Consejería de Sanidad madrileña no ha realizado ninguna comunicación al respecto, lo cierto que la buena relación entre ambas instituciones hace pensar que la apreciación de Orbaneja es acertada. El mismo Luis González, presidente del COF, confirmaba en una entrevista en esRadio, en la que defendía el servicio que están prestando las farmacias en la crisis sanitaria, los contactos con la Consejería.