La transformación de la estructura del Instituto de Gestión Sanitaria (Ingesa) ha entrado ya en vigor tras la publicación en el BOE del nuevo Real Decreto que regulará su funcionamiento. La nueva norma prevé un ‘adelgazamiento’ de su actual estructura con la desaparición de tres órganos con rango de subdirección general, y otras importantes novedades, como la División de Contratación Centralizada para el Sistema Nacional de Salud, cuyas funciones pasarán a la Subdirección General de Asuntos Generales y Económico Presupuestarios.
Según indica que el BOE, “quedan suprimidos los siguientes órganos con rango de Subdirección General: la Dirección del Ingesa, con rango de Subdirección General, recogida en el Real Decreto 1087/2003, de 29 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Ministerio de Sanidad y Consumo; la Subdirección General de Atención Sanitaria y la Subirección General de Gestión Económica y Recursos Humanos”.
La nueva estructura organizativa queda fijada en cuatro órganos: Presidencia, Dirección, Subdirección General de Gestión Sanitaria y Asuntos Generales y Económico Presupuestarios. La motivación de estos cambios, según señala la propia normativa, se basa en la necesidad de adapta la estructura del Instituto a “los múltiples cambios legislativos producidos en los últimos tiempos en la organización de los distintos Departamentos ministeriales, así como las modificaciones legislativas habidas en el ámbito sanitario”.
Igualmente, el BOE señala que “tal revisión se ha efectuado teniendo en cuenta los mismos criterios de racionalización y simplificación de estructuras administrativas. La reforma normativa ha de permitir la gestión y administración de la entidad con sujeción a principios de simplificación, racionalidad, economía de costes, eficacia y eficiencia”.
La subdirección de Asuntos Generales y Económico Presupuestarios, es la principal estructura que asume cambios, ya que además de responsabilizarse de la gestión del presupuesto y el control financiero, a partir de ahora se responsabilizará de la “contratación centralizada para el Sistema Nacional de Salud, la materialización y conclusión de los procedimientos de adquisición centralizada de medicamentos, productos y servicios sanitarios encomendados a través de la Secretaría de Estado de Sanidad”, así como “la materialización y conclusión de los procedimientos de adquisición centralizada de suministros y servicios necesarios”. Además, deberá efectuar “la administración y gestión de la reserva estratégica nacional de medicamentos, productos sanitarios y cualquier producto necesario para la protección de la salud para dar respuesta a emergencias de salud pública y crisis sanitarias”.
Otra de las novedades del nuevo RD será la determinación de la organización del Centro Nacional de Dosimetría, “que carecía de una norma que regulara su estructura” y cuya regulación “se hace imprescindible”. Será el gerente del centro el encargado de ordenar sus recursos humanos, materiales y financieros.