La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) considera que el proyecto de real decreto que regulará el procedimiento de financiación y fijación de precios de los medicamentos supone un avance, pero identifica un amplio conjunto de aspectos susceptibles de mejora. El organismo centra sus recomendaciones en conseguir que una mayor parte de las ganancias derivadas de la competencia llegue al Sistema Nacional de Salud (SNS), reforzar la transparencia de las decisiones y revisar determinados elementos de la regulación de precios y distribución.
El informe valora favorablemente que el proyecto sistematice el régimen de financiación y precios e incorpore instrumentos para mejorar la eficiencia del gasto farmacéutico. También destaca los mecanismos de financiación vinculados a resultados, el refuerzo de la evaluación económica y farmacoeconómica, el empleo de evidencia en vida real y la introducción de precios dinámicos para medicamentos competidores.
Este análisis se produce en un contexto en el que el gasto farmacéutico público alcanzó los 23.270 millones de euros en 2024. Entre 2023 y 2024 se incorporaron, además, 1.269 nuevas presentaciones y se financiaron 118 nuevos principios activos, según los datos recogidos por la propia CNMC.
Una de las principales propuestas afecta al precio uniforme y los descuentos. El proyecto mantiene un precio financiado único en todo el territorio y, con las excepciones previstas, la prohibición general de descuentos, bonificaciones, incentivos o ventajas económicas que puedan alterar ese precio. La CNMC considera que estas restricciones pueden limitar uno de los mecanismos a través de los cuales se manifiesta la competencia entre operadores.
Por ello, plantea estudiar fórmulas que permitan compatibilizar la igualdad de acceso, la transparencia y la neutralidad del sistema con una mayor traslación al SNS de las ganancias de eficiencia generadas por la competencia. También reclama que la Memoria del Análisis de Impacto Normativo (MAIN) profundice en el impacto competitivo de las restricciones a los descuentos y las condiciones económicas diferenciadas.
Decisiones más trazables
Otro de los ejes de mejora es la relación entre evaluación técnica y decisión final. El proyecto establece que la valoración del Grupo de adopción y su informe servirán de base para las decisiones y propuestas de financiación, aunque el informe tendrá carácter técnico y no vinculante. La CNMC propone que los informes de financiación permitan identificar claramente la contribución de esa valoración a la decisión finalmente adoptada.
Competencia reclama además una motivación específica cuando la resolución se aparte de forma significativa de las conclusiones técnicas previas. Junto a ello, pide profundizar en la transparencia metodológica de los criterios empleados para financiar y fijar precios, publicar los criterios generales aplicados por la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos (CIMP) y desarrollar mecanismos de evaluación posterior que permitan comprobar el cumplimiento de los objetivos.
La transparencia alcanza también a los acuerdos de financiación y acceso. La CNMC considera que una delimitación excesivamente amplia de la confidencialidad puede dificultar la comprensión de las decisiones y la comparación entre procedimientos. Propone restringirla a aspectos estrictamente comerciales cuya divulgación pueda causar un perjuicio efectivo y publicar información sobre los criterios clínicos, económicos y presupuestarios que fundamentan las decisiones. También reclama que quede reconocido expresamente su acceso a información confidencial cuando resulte necesario para sus funciones de investigación.
Las propuestas afectan igualmente a la distribución farmacéutica. La CNMC señala que una remuneración mayorista vinculada principalmente al valor económico del producto puede generar márgenes superiores a los costes reales en determinadas operaciones y situaciones deficitarias en otras. Por ello, plantea avanzar hacia un modelo menos dependiente del precio y más relacionado con los servicios prestados, teniendo en cuenta factores como complejidad logística, conservación, seguridad y rapidez del suministro o garantía de abastecimiento en zonas rurales y de difícil acceso.
El organismo observa además que los descuentos negociados dentro de la cadena no suelen trasladarse al SNS ni al consumidor final. Su propuesta pasa por valorar un mecanismo de devolución parcial de esos descuentos, tipo clawback, para que parte de los ahorros generados en la distribución de medicamentos financiados revierta en el sistema público, además de mejorar la información disponible sobre esos descuentos.
En los medicamentos no financiados, la CNMC propone acotar el régimen de precio notificado. Considera que su utilización fuera de la financiación pública debe quedar reservada a supuestos concretos, objetivos y debidamente justificados, con procedimientos transparentes y de duración limitada, para evitar restricciones innecesarias sobre la libertad de fijación de precios y la competencia.
Precios dinámicos bajo evaluación
La CNMC también pone el foco en los precios dinámicos, previstos desde la entrada de los primeros genéricos o biosimilares hasta la formación del correspondiente conjunto de referencia. Aunque valora esta herramienta, reclama precisar los criterios que regirán las revisiones de precios y delimitar el papel de factores como abastecimiento, resiliencia o viabilidad económica, de modo que se utilicen únicamente en supuestos suficientemente motivados.
Además, propone evaluar específicamente sus resultados sobre la penetración de genéricos y biosimilares, la evolución de los precios financiados y los ahorros efectivamente trasladados al SNS. Para el posterior sistema de precios de referencia y agrupaciones homogéneas, reclama comprobar periódicamente que la transición desde los precios dinámicos mantiene los incentivos a competir y permite trasladar al sistema público los beneficios derivados de la entrada de medicamentos competidores.
La CNMC pide finalmente definir con mayor precisión las excepciones y mecanismos correctores relacionados con abastecimiento, resiliencia o sostenibilidad económica. Su propuesta es que tengan carácter excepcional, respondan a circunstancias objetivamente verificables y sean proporcionados, además de someter su funcionamiento a seguimiento y evaluación posterior.



Lilisbeth Perestelo: