Profesión

La Enfermería valenciana, contra el Decreto de servicios farmacéuticos

El Consejo de Enfermería de la Comunidad Valenciana ha anunciado que sus abogados están trabajando en la presentación de alegaciones y la impugnación del Proyecto de Decreto de la Consellería para concertar servicios.
El presidente del Consejo de Colegios de Enfermería de la Comunidad Valenciana, José Antonio Ávila.

El Consejo de Enfermería de la Comunitat Valenciana (Cecova) ha emitido un comunicado para mostrar su "inquietud y malestar" en relación al 'Proyecto de Decreto del Consell por el que se regula la concertación de los servicios profesionales farmacéuticos asistenciales y la acreditación de las oficinas de farmacia para la prestación de dichos servicios concertados', que se ha sometido a audiencia pública esta semana, y ha anunciado que sus servicios jurídicos están trabajando "para presentar alegaciones", ya que consideran "que la norma que se pretende promulgar terminará dando lugar a una situación de confusión e invasión de competencias".

La entidad colegial que representa a los enfermeros valencianos considera que "ciertos cometidos profesionales que se pretende atribuir a las oficinas de farmacia podrían y deberían ser realizados desde el sistema de Atención Primaria público, y más en concreto por las enfermeras gestoras de casos, como ya viene sucediendo en muchos departamentos" y, en este sentido, opinan que dar a los farmacéuticos "atribuciones que no tienen podría vulnerar la Ley 44/2003 de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias (LOPS)".

Además de esto, creen que con la aprobación de dicha norma "se podrían poner en riesgo datos especialmente protegidos de los pacientes y usuarios permitiendo unos accesos hasta ahora inexistentes y que, a nuestro entender, pueden conculcar las normas legales vigentes en materia de protección de datos de carácter personal". Por último, muestran su sorpresa por el hecho de que la Conselleria de Sanidad "por un lado sea defensora a ultranza de la sanidad pública y, por otro, en lugar de potenciarla en la práctica, realice convenios con el sector privado como es el de farmacia".

Por todo ello, avisan de que van a contemplar "la impugnación y la denuncia de esta cuestión ante las instancias correspondientes y pedirán responsabilidades en su caso por la mala gestión de la sanidad pública".

Los COF, en cambio, están de acuerdo con el texto

Frente al malestar que ha generado el Proyecto de Decreto en la profesión enfermera, la satisfacción de la organización colegial que representa a los farmacéuticos valencianos. Esta semana confirmaban a Diariofarma que el texto, que recoge las condiciones para la concertación de servicios profesionales farmacéuticos con la Consellería (incluyendo aspectos como la definición, la acreditación o la capacitación necesaria), ya fue sometido, del 14 al 28 de septiembre, a una primera fase de audiencia pública en la que ellos ya hicieron sus aportaciones.

 

En lo que respecta al cuerpo del texto, cabe destacar la definición que se hace de los servicios profesionales farmacéuticos asistenciales, entendida como el conjunto de "actividades sanitarias prestadas desde la farmacia comunitaria por la persona farmacéutica que emplea sus competencias profesionales para la prevención de la enfermedad y la mejora tanto de la salud de la población como la de las personas destinatarias de los medicamentos y productos sanitarios, desempeñando un papel activo en la optimización del proceso de uso y de los resultados de los tratamientos".

Además, cabe destacar que la Consellería detalla ampliamente la base jurídica sobre la que sustenta este Decreto, comenzando por el artículo 86.1 del Real Decreto Legislativo que aprueba el texto refundido de la Ley de Garantías y Uso Racional, que determina los farmacéuticos comunitarios "velarán por el cumplimiento de las pautas establecidas por el médico responsable del paciente en la prescripción y cooperarán con él en el seguimiento del tratamiento a través de los procedimientos de atención farmacéutica, contribuyendo a asegurar su eficacia y seguridad...", "participarán en la realización del conjunto de actividades destinadas a la utilización racional de los medicamentos, en particular a través de la dispensación informada al paciente y podrán facilitar sistemas personalizados de dosificación a los pacientes que lo soliciten, en orden a mejorar el cumplimiento terapéutico".

También se pone de manifiesto en Proyecto de Decreto que las competencias en materia de regulación y ordenación de de la actividad y la atención farmacéutica son de la Consellería de Sanitat, de acuerdo a La Ley 6/1998, de 22 de junio, de Ordenación Farmacéutica.

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