Terapéutica

Castilla-La Mancha crea la Comisión Central de Farmacia y Terapéutica del Sescam

El Gobierno de Castilla La Mancha ha aprobado el decreto para que regula la creación y funciones, composición y funcionamiento de la Comisión Central de Farmacia y Terapéutica del Servicio de Salud de Castilla‐La Mancha (Sescam).
Imagen de la sede del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam).

El Gobierno de Castilla-La Mancha ha aprobado el decreto para que regula la creación y funciones, composición y funcionamiento de la Comisión Central de Farmacia y Terapéutica del Servicio de Salud de Castilla‐La Mancha (Sescam).

El decreto 25/2021, de 23 de marzo, publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha regulará de este órgano colegiado que “no sustituye, sino que coordina y potencia, las actuaciones de las comisiones existentes, y que es análogo a las comisiones de ámbito autonómico que se crearon en otros servicios de salud”, según se explica en el propio texto de la norma.

El objetivo del nuevo decreto es “mejorar los resultados de salud y la sostenibilidad del Sescam” mediante la regulación de esta Comisión, que se configuraría como un órgano colegiado adscrito al Servicio de Salud, bajo el liderazgo de la Dirección General de Asistencia Sanitaria, que asumiría las funciones de coordinación y asesoramiento en el ámbito de la gestión de la prestación farmacéutica.

Los fines específicos de la Comisión serán: Proponer medidas para la mejora en el uso de los recursos farmacoterapéuticos con criterios de eficacia, efectividad, seguridad, eficiencia y coordinación en los distintos ámbitos de la atención sanitaria del Sescam, además de impulsar mayores niveles de coordinación y transparencia en la toma de decisiones en dichos ámbitos.

En ese sentido, la Comisión propondrá  la  metodología  y  los  criterios  de  evaluación  y  selección  de  medicamentos  que  han  de  seguir  las Comisiones de Farmacia y Terapéutica y las Comisiones de Uso Racional del Medicamento, así como la elaboración de protocolos, guías clínicas y documentos de consenso.

Igualmente recomendará criterios de utilización terapéutica de los medicamentos que puedan ser aplicados en los centros sanitarios del Sescam. También acordará qué medicamentos no incluidos en la financiación pública, podrán ser adquiridos y utilizados por los hospitales, en los términos previstos por la normativa vigente, así como el uso de medicamentos en condiciones distintas a las autorizadas.

Propondrá  y hará seguimiento de los objetivos de calidad e indicadores en materia de uso racional del medicamento para los contratos de gestión de las Gerencias con la Dirección-Gerencia del Sescam. Coordinará  la  elaboración  participativa  con  profesionales  del  Sescam  de  una  Guía  Farmacoterapéutica  de prescripción en receta actualizada.

Informará de iniciativas en el ámbito del uso seguro y eficiente de los medicamentos. Propondrá  sistemas  de  ayuda  y  orientación  de  la  decisión  clínica integrados en la historia clínica electrónica, para profesionales. Además atenderá cualquier otra función relacionada con la gestión de la prestación farmacéutica que le sea encomendada por la Dirección General competente en materia de asistencia sanitaria del Sescam.

Formarán parte de esta Comisión, el titular de la Dirección General de asistencia sanitaria del Sescam, que ejercerá de presidente; el titular del área de Farmacia (vicepresidente); dos representantes de la Dirección General en materia de asistencia sanitaria;  dos  profesionales  de  las  gerencias  asistenciales  del  Sescam; cinco profesionales con el título de Farmacia de la red asistencial del Sescam; cinco  profesionales  sanitarios no farmacéuticos; una  persona competente en materia de ordenación farmacéutica y una persona adscrita al Área de Farmacia o al órgano equivalente con competencias en materia de gestión farmacéutica.

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