El Boletín Oficial del Estado ha publicó el Real Decreto 325/2026, que vincula de forma definitiva el ordenamiento jurídico español con los criterios de formación sanitaria de la Unión Europea. Este texto tiene como objeto único la modificación del Real Decreto 581/2017, pieza clave para la incorporación de la Directiva 2013/55/UE relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales en el espacio europeo.
La reforma responde a la obligación de trasponer al derecho interno la Directiva Delegada (UE) 2024/782 y la Directiva Delegada (UE) 2025/1223 de la Comisión. Según recoge la parte expositiva, el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea reconoce la libre circulación de trabajadores como un elemento esencial, cuya efectividad depende del reconocimiento mutuo de las cualificaciones entre los Estados miembros.
Para garantizar esta libertad y la competitividad del proyecto europeo, la Comisión Europea realizó estudios que constataron avances científicos no recogidos en la normativa anterior. En el caso de la farmacia, se concluyó que era necesario actualizar las materias básicas para reflejar la evolución técnica detectada en los programas de formación de los países de la Asociación Europea de Libre Comercio y otros Estados de la Unión.
Requisitos mínimos de formación europea
La nueva estructura académica de la Farmacia en España se ajusta ahora a las directrices de Bruselas para asegurar que el profesional farmacéutico adquiera las competencias necesarias en el entorno comunitario. El programa oficial deberá incluir materias como tecnología biofarmacéutica, biotecnología, genética y farmacogenómica. Además, se otorga un carácter universitario obligatorio a la formación, exigiendo un equilibrio entre la enseñanza teórica y la práctica.
El texto normativo subraya que la inclusión de la salud pública, la epidemiología y la farmacia social responde a las necesidades actuales del mercado interior europeo. Asimismo, la formación debe garantizar que el farmacéutico sea capaz de colaborar en entornos multidisciplinares, facilitando la práctica interprofesional y la comunicación efectiva con otros sanitarios de la Unión.
Seguridad jurídica y mercado interior
La adopción de este real decreto contribuye a dotar de mayor seguridad jurídica al sistema de reconocimiento de títulos al armonizar el derecho interno con la regulación europea. La norma justifica su rango reglamentario como el instrumento adecuado para cumplir con los compromisos adquiridos con la Unión Europea y evitar la dispersión normativa.
La reforma traspone directivas europeas que también actualizan las competencias de enfermería, odontología y veterinaria. En enfermería de cuidados generales, se refuerza el liderazgo, la salud digital y la asistencia centrada en la persona. Por su parte, la odontología integra ahora disciplinas como la odontología digital, implantología y genética. Finalmente, la veterinaria incorpora el enfoque 'One Health' (una sola salud) como pilar obligatorio, sumando competencias en bienestar animal, sostenibilidad y herramientas avanzadas de diagnóstico. Todas estas modificaciones buscan armonizar los niveles de cualificación para garantizar la seguridad del paciente y la libre circulación de profesionales en la Unión Europea.



Lilisbeth Perestelo:
César Hernández, director general de Cartera y Farmacia del Ministerio de Sanidad:
Kilian Sánchez, secretario de Sanidad del PSOE y portavoz de la Comisión de Sanidad del Senado.:
Rocío Hernández, consejera de Salud de Andalucía:
Nicolás González Casares, eurodiputado de Socialistas & Demócratas (S&D - PSOE):