Política

La Comisión de Precios redujo un 15% los precios solicitados por la industria

La Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos (CIPM) ha autorizado a lo largo de los últimos tres años un total de 48 nuevos principios activos y 151 presentaciones de medicamentos innovadores. Suponen entre el 85 y el 90% de las solicitudes de financiación realizadas y la reducción de precios establecida por la CIPM con respecto a las solicitudes iniciales de las compañías farmacéuticas se ha situado próxima al 15%.  En los últimos años las reducciones de precio, con respecto a las solicitudes iniciales, alcanzaron en algunos casos el 53% si bien la media se situaba en el entorno del 15%, con pequeñas variaciones en función de los años (ver tabla). El objetivo es que el 'saldo' de impacto presupuestario de cada comisión sea cero.

Pero, ¿cómo hace la CIPM para establecer el precio de los medicamentos? Además de los criterios que están fijados en la Ley de Garantías (ahora Texto refundido de la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos), entre los criterios que tiene la CIPM para establecer el precio de un nuevo medicamento se encuentra el valor terapéutico que tenga. De este modo, cuando un medicamento posee un significativo interés para la financiación pública porque cubre una laguna terapéutica se toma como criterio el precio de referencia externo (menor precio europeo) y/ó coste/efectividad razonable. En caso de que el nuevo medicamento mejore la relación Beneficio/Riesgo se tomará como comparador el precio de referencia interno (similar comparador en España), buscando un igual o inferior coste tratamiento día o reducir el menor precio europeo. Este precio se podrá modular por una serie de factores como el impacto presupuestario, el ahorro de costes o el grado de innovación.

En caso de que se trate de un medicamento con moderado o relativo interés de financiación pública, que podría ser un nuevo, similar o mejorado mecanismo acción, distinto perfil seguridad o que beneficia a un subgrupo de pacientes no tratados satisfactoriamente con el fármaco de elección, en ancianos, etc. se buscará que no se supere el precio de las alternativas terapéuticas en España y no se dará nunca un Premium Price.

Por el contrario, si el medicamento posee pequeño o nulo interés, la CIPM propone no financiar.

 

Formatos grandes

En cuanto a los nuevos formatos o nuevas dosis, cabe señalar que existen unos coeficientes para el cálculo del precio de nuevas dosis por la mayor participación de costes variables. En concreto, para los medicamentos que dupliquen la dosis el precio de la presentación no se multiplica por dos sino que lo hace por 1,60 como máximo. En el caso de formatos con mayor número de dosis, se multiplicaría solo por 1,50. Estos coeficientes tienen un importante impacto cuando los medicamentos llegan al Sistema de Precios de Referencia puesto que en ese caso sí que es lineal el cálculo de precios y los precios de las presentaciones de mayor dosis o número de dosis son las que tienen un menor coste/tratamiento/día y hacen bajar de manera considerable el precio de las más pequeñas.

En lo que se refiere a los envases clínicos, se aplica una reducción del 10 al 17% sobre el precio al que se correspondería según el precio del envase normal.

 

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