César Gómez, gerente del Hospital Niño Jesús, moderó una de las mesas organizadas en el marco de la II Jornada Sedisa-SEFH, y, durante su introducción, aprovechó para destacar algunos aspectos de la nueva Ley de Contratos del Sector Público saliente de la transposición de la normativa comunitaria y lo que ofrece a los responsables de la gestión de compras de medicamentos. Principalmente, destacó la superación de la aplicación de criterios meramente económicos y la puerta que se deja abierta a esquemas más orientados por el binomio calidad-precio, que en este segmento se relaciona mucho con el ya famoso coste-efectividad y que se pueden traducir "en modelos como los de riesgo compartido, techos de gasto o pago por resultados". "Ahora todo esto lo tenemos encima de la mesa con la nueva ley, y ya solo falta la voluntad para aplicarlo", afirmó.
Javier Reneses, director de Gestión del Hospital Universitario Severo Ochoa, complementó su visión defendiendo que "no se trata de comprar más barato, sino de dirigir al gasto a los procesos que ofrecen resultados, y para ello hay que buscar fórmulas que no estén asociadas al ahorro exclusivamente".
Sobre estas cuestiones habló también David Lentisco, director general de la consultora Lentisco, especializada en contratación. Éste se refirió precisamente al reconocimiento de la herramienta de coste-eficacia que se hace en la ley. Y para determinar esta relación, apostó por la aplicación de "modelos aplicados en farmacoeconomía, que pueden servir de base y que aportan la ventaja de que son objetivos, están reconocidos y nos dan la mejor calidad-precio". También habló sobre el riesgo compartido, que, opinó, "tiene un gran futuro", aunque, como ya es sabido, lleva implícita la problemática de "la métrica y el uso de los datos".
Pero más allá de esta cuestión, Lentisco también se refirió a otras cuestiones introducidas a través de la nueva normativa. Concretamente, se refirió a la intención de las autoridades europeas, como ha quedado plasmado en la Estrategia 2020, de que en la contratación pública se priorice a "empresas cotizantes en los propios países de la Unión y que, de esta forma, contribuyan a sostener el Estado social".
Nuevos criterios en los contratos
En esta misma línea, se refirió a aspectos como el compromiso social de las empresas, que pueden comenzar a tenerse en cuenta en los contratos y para seleccionar entre los diferentes licitadores. A este respecto, llamó a la parte contratante a premiar a quienes acrediten dicho compromiso, "ya que una cosa es decir que respetas a tus trabajadores y que tienes un comportamiento contrario al soborno, etc., y otra contar con la ISO que certifica que eso es así".
Sobre tipos de contrato que mejor aplican a la compra de medicamentos, los expertos mostraron sus dudas, por la propia idiosincrasia del mercado farmacéutico. Y, en este sentido, tanto Reneses como Lentisco hicieron referencia a los múltiples recursos que tienen que enfrentar los órganos contratantes, que pueden llevar a un proceso de compra hasta los dos años hasta que se hace efectivo. "Se recurren primero los pliegos, y después de las adjudicaciones", señaló el primero de ellos, abogando, en último término, por la contratación directa para salvar estos escollos, teniendo en cuenta la urgencia que a veces requiere la adquisición de un medicamento. Lentisco defendió también la utilidad de los contratos menores, por la agilidad que permiten, y citó expresamente la figura del acuerdo negociado por exclusividad por urgencia, el cual, no obstante, tiene que estar bien motivado. Éste permite, eso sí, celebrar una compra rápida dentro del marco de la ley.