El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León anunció la semana pasada la aprobación de un decreto para regular la atención farmacéutica en centros sanitarios y centros residenciales de carácter social para la atención a personas mayores, basándose para ello, explican, en lo que marca el Real Decreto-Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y de la Ley 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de la comunidad de Castilla y León.
La nueva norma establece, entre otras cuestiones, la obligación de disponer de un servicio de Farmacia para los centros de más de cien camas, regulando la posibilidad de eximirse de esta obligación siempre que dichos centros dispongan de un depósito de medicamentos vinculado al servicio de farmacia hospitalaria del hospital de la red pública que sea el de referencia en la zona, vinculación que se materializará mediante la firma de un convenio con la Gerencia Regional de Salud.
Los centros de menos de cien camas, por su parte, tienen la obligación de tener un depósito de medicamentos vinculado a una oficina de farmacia ubicada dentro de la zona farmacéutica donde radique el centro, la cual se encargará de ejecutar la prestación farmacéutica en los términos del concierto entre la Gerencia Regional de Salud y el Consejo de Colegios Profesionales Farmacéuticos de Castilla y León, suscrito el 20 de diciembre de 2002.
Además de la prestación farmacéutica, el Decreto incluye, indican, "una serie de garantías y medidas de control y gestión de la prestación farmacéutica, orientadas a mejorar la atención farmacéutica a las personas usuarias de los centros y prestadas por los profesionales farmacéuticos". Y es que, explican, entre los objetivos que se persiguen con este sistema de gestión está el "garantizar el acceso de todos en condiciones de igualdad a la prestación farmacéutica, con independencia de la unidad responsable de la atención farmacéutica y del carácter del centro público, privado o concertado", y, además, "mejorar la atención farmacéutica a las personas residentes", más allá de la dispensación.
Servicios asistenciales
Para ello, los prestadores del servicio tendrán que implementar el Proyecto Dioscórides, para evaluar la eficiencia la elaboración de sistemas personalizados de dosificación en pacientes crónicos polimedicados –con un ahorro de 15,2 euros por usuario y mes-; también desarrollar el programa nacional Consigue, prestando el servicio de seguimiento farmacoterapéutico a pacientes mayores, crónicos y polimedicados; el programa Adhiérete, que potencia la intervención del farmacéutico comunitario en el problema de la falta de adherencia, o el proyecto Concilia, en el que el farmacéutico interviene en la conciliación de los tratamientos prescritos al mismo paciente en diferentes niveles asistenciales.
Desde la Consejería explican también que el decreto va a tener un impacto positivo en la farmacia rural y prevén que cuando el proceso de implantación de este modelo y se produzca la vinculación de todas las residencias de menos de cien camas con una oficina de farmacia de la misma zona farmacéutica, "se reducirá en 53 el número de farmacias en situación de viabilidad económica comprometida que actualmente son solicitantes del índice corrector". El plazo para la adaptación de los servicios de Farmacia y los depósitos al decreto será de 14 meses.