Profesión

Atención Farmacéutica a residencias: tantos modelos como CCAA

Los distintos modelos de atención farmacéutica a centros residenciales sociosanitarios fueron evaluados en Infarma 2019.

A pesar de que el Real Decreto-ley 16/2012 establece unas líneas generales para la configuración de la Atención Farmacéutica a pacientes en residencias sociosanitarias, las distintas comunidades autónomas han ido modulando sus legislaciones hasta dar tantos modelos como comunidades autónomas.

Esta cuestión fue analizada a lo largo de una mesa de debate que, bajo el título ‘Residencias. Modelos de implantación’ se ha celebrado en Infarma 2019 en Barcelona y que ha permitido profundizar en los modelos de Cataluña, País Vasco, Castilla y León y Andalucía.

La única parte común, y con matices, entre todos estos modelos se refiere a la atención a las residencias de más de 100 camas. La AF en estos centros se desarrolla al implantar un Servicio de Farmacia en el centro, si bien en algunos casos se opta por instalar un botiquín dependiente de un Servicio de Farmacia de un hospital del Sistema Nacional de Salud.

No obstante, las mayores diferencias surgen en las residencias de menos de 100 camas donde los modelos autonómicos son muy diferentes.

Un modelo fallido: Andalucía

En Andalucía, por ejemplo, se intentó hacer una subdivisión entre los centros de entre 50 y 99 camas, a los que se obligaba a vincular su depósito con un servicio de farmacia hospitalario. Esta norma fue anulada por la justicia por diversas cuestiones. Por su parte, en el País Vasco, se obliga a las residencias públicas de menos de 99 camas a vincular sus depósitos con un servicio de farmacia de un hospital público, dejando libertad a los centros privados para concertar con oficinas de farmacia, mientras que en Castilla y León es obligatorio que los botiquines de las residencias de menos de 100 camas vinculen su depósito con oficinas de farmacia.

El fallido modelo andaluz fue explicado por el vicesecretario del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (Cacof), Juan Pedro Vaquero. Tal y como dijo, aparte del escalón intermedio de 50-99 camas, otra característica era la convocatoria pública para la selección de las oficinas de farmacia que proveerían a las residencias. El concurso se dirimía por un baremo que tenía siete apartados, entre los que destacaban la distancia a la residencia desde la oficina de farmacia, que suponía el 30% de la puntuación total y la valoración según el precio ofertado por la realización de SPD y que alcanzaba hasta un 20% de los puntos. La puntuación era inversamente proporcional a la cuantía ofertada, siendo la máxima admitida 20 euros por paciente y mes.

Para Vaquero esta cuestión era un “caramelo envenenado” ya que parecía que iba a reconocer el trabajo de las farmacias, pero al final los precios de los SPD tenderían a cero con el objetivo de obtener la adjudicación de las residencias.

Un nuevo decreto inminente en Castilla y León

El modelo vigente de Castilla y León fue explicado por el jefe del Servicio de Ordenación Sanitaria de la Dirección General de Salud Pública de la Junta de Castilla y León, Francisco Corzo Delibes. Tal y como indicó, no han realizado un desarrollo del Real Decreto-ley 16/2012, sino que lo han interpretado de acuerdo con sus necesidades. Unas necesidades en las que la existencia de 833 farmacias, más del 50% de las totales de la comunidad autónoma, estén en municipios de menos de 500 habitantes, cobra especial importancia.

Tal vez por este motivo, todas las residencias de menos de 100 camas tienen que vincular su depósito a una oficina de farmacia.

Otra de las singularidades de la escasa normativa existente en Castilla y León es que se obliga a que la oficina de farmacia que tenga vinculado el depósito de una residencia estén en su misma zoma farmacéutica. Esto, tal y como comentó Corzo es muy útil en el ámbito rural, si bien, en el ámbito urbano puede crear disfunciones al no permitir la vinculación a las farmacias más próximas si corresponden a otra zona.

En cualquier caso, la falta de normativa específica está a punto de desaparecer, si los plazos lo permiten. Este responsable de la Consejería de Sanidad de Castilla y León aseguró que tienen “muy avanzada” su tramitación y es posible que se publique antes del fin de legislatura. Entre las claves de este nuevo decreto se encontraría que se aplica también a centro de personas con discapacidad, la obligación de vinculación a oficina de farmacia, pudiendo ser a varias, para los centros de menos de 100 camas y un incremento de funciones del farmacéutico.

Las incertidumbres del País Vasco

El recientemente aprobado modelo vasco fue explicado por el presidente del COF de Guipúzcoa, Miguel Angel Gastelurrutia, quien, a pesar de criticar el decreto, quiso dejar claro que tienen una relación con el Departamento de Salud “muy buena y estrecha” y tienen intención de que siga siendo así.

Gastelurrutia hizo un repaso por las características principales del decreto y puso el foco en las incertidumbres que aún tienen que ser despejadas por la aplicación del mismo.

A este respecto, aseguró que aún no se conoce la ubicación de la unidad de farmacia sociosanitaria, aunque parece que estará en Galdakao, igualmente explicó que aún no saben cómo será el Plan de Atención Farmacéutica a residencias por oficinas de farmacia que, no obstante, según sus cálculos solo alcanzará a 5-8 farmacéuticos. También mostró sus dudas sobre cómo se actuará en relación con el copago en caso de las residencias suministradas desde las oficinas de farmacia o cómo será la logística desde la unidad de farmacia sociosanitaria a las distintas residencias.

Por todo ello, y por otras razones procesales, los colegios de farmacéuticos vascos están valorando el recurso judicial contra el decreto, algo que tal y como remarcó “no debería suponer ninguna ruptura con el Departamento”.

El modelo catalán

En cuanto al modelo catalán, el director del Programa de Prevención y Atención a la Cronicidad y Plan Director Socio Sanitario, Sebastià J. Santaugènia, explicó que tienen definido un modelo pero no lo pueden poner en marcha hasta que no sea posible hacer una modificación de la legislación.

No obstante, Santaugènia centró su intervención en relatar el perfil y necesidades que tienen los pacientes que están ingresados en las residencias sociosanitarias. Tal y como indicó, se trata de personas muy vulnerables, de las que el 50% tiene más de 85 años. Tanto que la mortalidad anual ronda el 25%.

Según dijo, más de la mitad de las personas en residencias son consideradas población de alto riesgo y consumen muchos recursos sanitarios. A este respecto, este experto señaló que en los últimos años se ha derivado a las residencias a los pacientes más deteriorados, una situación que ha requerido incrementar hasta en un 60% el número de plazas desde 2001.

Tal y como indicó, en Cataluña la provisión de la prestación farmacéutica a través de los botiquines de las residencias puede ser desde una SFH, un servicio de farmacia sociosanitario o una oficina de farmacia. Todos ellos tienen acceso a la historia clínica y tienen que suministrar a las residencias todos los medicamentos que necesite el paciente, incluso los de dispensación hospitalaria para evitar en la medida de lo posible los traslados innecesarios.

Santaugènia finalizó su intervención remarcando que las características de las personas que viven en las residencias ha cambiado de forma importante en los últimos años. Además, según explicó, es necesaria una planificación conjunta social y sanitaria de futuro sobre el modelo y tipo de centro residencial desde una concepción integrada, lo que requiere de un cambio normativo. Y, por último, resaltó que “es necesario el desarrollo e inclusión del farmacéutico como un profesional clave en la atención a las personas en residencias”.

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