Opinión

La tendencia a la centralización de las compras públicas en el ámbito sanitario. Pros y Cons.

Artículo de opinión de Sara Castelo, abogado, socia fundadora de Tesera de Hospitalidad

 

Sara Castelo - Tesera de Hospitalidad

Teóricamente, la centralización de las compras permite simplificar las tareas administrativas, normalizar productos, homogeneizar precios y mejorar la coordinación de los centros. En definitiva, su objetivo es buscar una mayor eficiencia en la gestión del gasto público.

Actualmente son muchas las Comunidades Autónomas que han optado por centralizar sus compras en el ámbito sanitario. Es el caso, entre otros, del Servicio Vasco de Salud (Osakidetza) -pionero en la compra centralizada de medicamentos-, la Agencia Valenciana de Salud, el Instituto Catalán de Salud, el Servicio Andaluz de Salud, el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, el Servicio Canario de Salud o el Servicio Balear de Salud.

El Ministerio de Sanidad, convocó el primer procedimiento para la compra centralizada del suministro de la vacuna de gripe estacional para el periodo 2011-2012. Madrid, Castilla y León, Aragón, Baleares, Comunidad Valenciana, Cantabria, Asturias y Extremadura se adhirieron a la compra, junto con el Ministerio de Defensa, el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) e Instituciones Penitenciarias.

Posteriormente los procesos de centralización se ampliaron a la compra de medicamentos y productos sanitarios.

¿Cuáles son los tres procedimientos mas comunes de compras centralizadas?

1.- Acuerdo Marco con un único proveedor (Por ejemplo, los procedimientos convocados por las Plataformas Logísticas de Andalucía).
2.- Acuerdo Marco con varios proveedores (Por ejemplo, los procedimientos convocados por el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha).
3.- La Adopción de Tipo.

 

Analicemos sucintamente los PROS y CONS:

1. PROS:

 Adecuación a las normas de procedimiento de las compras realizadas al margen de la Ley de Contratos del Sector Público (≤ 18.000 Euros).
 Reducción de las cargas administrativas para los proveedores.
 Aumento de la eficiencia de los órganos de contratación en la compra de medicamentos.
 Racionalización de las compras.
 Unificación de los precios de compra de los medicamentos para los hospitales de una misma Comunidad Autónoma.
 Unificación de los tratamientos.

2. CONS:

 Los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas por los que se rigen las convocatorias no se redactan correctamente, lo que determina, en muchos casos, que la competencia en el mercado quede restringida. Por ejemplo: Definición de los lotes; definición del plan de necesidades, etc.
 En la práctica, la eficiencia de los órganos de contratación en la compra de medicamentos utilizando las compras centralizadas, no es tal, ya que encontramos hospitales públicos que no se adhieren a las mismas. Debería por tanto aumentarse el control.
 La elección del tipo de procedimiento (con un único proveedor, con varios proveedores, con el precio como único criterio de valoración o con varios criterios de valoración) debería realizarse teniendo en cuenta el tipo de producto que se va a adquirir y no de forma genérica. Es necesario adecuar el tipo de procedimiento a las necesidades reales de los clínicos (Por ejemplo: Convocar un Acuerdo Marco con un único proveedor para la adquisición de un medicamento biológico no sustituible no tiene mucho sentido).

 

En conclusión, ¿compras centralizadas si o no? 

SI:
• Acabando con las compras menores fraccionadas que superen los 18.000 Euros.
• Adecuando el tipo de procedimiento al producto objeto de la convocatoria.
• Reduciendo las cargas administrativas y las normas procedimentales.

NO:
• Sin controlar la adhesión y aplicación por parte de los Hospitales Públicos dependientes del organismo autónomo que realiza la convocatoria.
• Utilizando un modelo común sin tener en cuenta los productos concretos objeto de la convocatoria.
• Evitando las dobles valoraciones por parte de los Hospitales Públicos, la duplicidad de fianzas definitivas, etc.

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Sara Castelo Ruano es abogado, socia fundadora de Tesera de Hospitalidad(www.teseradehospitalidad.es), una consultora independiente, con sede en Madrid y Lisboa, pionera en ofrecer asesoramiento legal, auditorías de procesos, formación y servicios de colaboración a los departamentos de licitaciones tanto de los órganos de la Administración Pública Sanitaria como de sus proveedores.

Comentarios

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curro
curro
8 años

Podria el estado hacer tambien centrales de compras para coches,alimentos , libros, ropa deportiva, etc. Asi tambien nos saldria mas barato a todos los españoles . PERVERSO.

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