La firma de los acuerdos que Farmaindustria y Aeseg anunciaron el 30 de abril y que el Gobierno comprometió ante la Comisión Europea en la última actualización del Programa de Estabilidad, está en el aire. La condición que ambas patronales pusieron para firmar los dichos protocolos, que incorporaban cláusulas de devolución de excesos de facturación, era una serie de modificaciones legales que se están haciendo esperar y el tiempo para realizarlas cada vez es más corto.
Este miércoles se han conocido las enmiendas que los diferentes grupos parlamentarios han presentado al proyecto de Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esta tramitación era considerada como una de las últimas posibilidades de modificación de la Ley de Garantías tras haberse tramitado la Ley de Financiación de las Comunidades Autónomas que incorporó la vinculación de la evolución del gasto farmacéutico a la del Producto Interior Bruto (PIB) y que el sector esperaba que incorporara esos cambios, aunque no lo hizo.
Pero eso no es todo, además del final de legislatura, cada vez quedan menos proyectos de Ley en tramitación que, por su temática, permitan incorporar estas modificaciones. Por otro lado, cabe recordar que está en pleno trámite el Texto refundido de la Ley de Garantías que aglutina y ordena todos los cambios legislativos que ha sufrido la Ley 29/2006 a lo largo de los últimos años y no parece lógico que se apruebe el texto refundido y se modifique de nuevo la ley a las pocas semanas. Por todo ello, fuentes del sector llegan a dudar que realmente dé tiempo a que se pueda modificar la Ley en esta legislatura.
Las modificaciones consensuadas entre Sanidad y la industria y que el Ministerio de Hacienda debía aceptar para incluir en alguno de los proyectos de Ley en marcha eran, por un lado, eliminar el límite del 10% a los descuentos que los laboratorios o distribuidoras pueden realizar como máximo a las farmacias, establecido en la actualidad en la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos. Por otro lado, estaría el fin a la priorización de la dispensación de medicamentos genéricos en caso de prescripción por principio activo e igualdad de precio. Por último, las modificaciones legales también deberían afectar a la denominación de los medicamentos.
A partir de ese momento para que un fármaco lleve en su envase las siglas EFG deberá realizar el correspondiente estudio de bioequivalencia. Ahora mismo, simplemente con solicitarlo a la Agencia Española de Medicamentos (Aemps) es posible incluir dichas siglas, aunque desde el Ministerio de Sanidad se habrían comprometido con los laboratorios de genéricos a no seguir concediendo la utilización de dichas siglas a las marcas a la espera de la modificación legal. En cualquier caso, actualmente hay múltiples ejemplos de marca EFG que se han beneficiado de este sistema, algunas muy relevantes como Adiro, Neobrufen o Espidifen. Esta situación les permitía competir en dos ‘ligas’ la de la prescripción por marca y la de la prescripción por principio activo, algo que limitaba de forma importante las opciones de los genéricos.