Política

Europa activa el espacio europeo de datos sanitarios reclamando un formato común para la información

La CE confía en que esté operativo en 2025, si bien reclama que los Estados miembros “deben procurar que los historiales, las recetas electrónicas, las imágenes médicas, los resultados de laboratorio y los informes de alta se emitan y se acepten en un formato europeo común”.
Imagen de la Comisión Europea.

El espacio europeo de datos sanitarios (EEDS), permitirá a la UE a dar un salto cualitativo en cuanto a cómo se prestan a las personas los servicios de atención sanitaria en toda Europa. Permitirá, según explica la Comisión Europea, que las personas “controlen sus datos sanitarios, tanto si se encuentran en su país de origen como en otro Estado miembro”.

El vicepresidente primero de la Comisión Europea, Margaritis Schinas, ha declarado: «ha mostrado “su orgullo” por anunciar el inicio de la implantación de esta iniciativa que a su juicio supone “nuevo comienzo” para la política sanitaria digital de la UE, puesto que pondrá los datos sanitarios al servicio de la ciudadanía y de la ciencia. “Hoy sentamos las bases de un acceso seguro y fiable a los datos sanitarios, en concordancia con los valores fundamentales de la UE”, ha indicado.

Por su parte, Stella Kyriakides, comisaria de Salud y Seguridad Alimentaria, considera que la visión de la UE “se centra en las personas y les permite controlar sus propios datos para gozar de una mejor asistencia sanitaria en toda la UE. Estos datos, a los que se accede con sólidas garantías de seguridad y privacidad, también serán un auténtico tesoro para los científicos, los investigadores, los innovadores y los responsables políticos que trabajen en el próximo tratamiento destinado a salvar vidas. Se trata de un verdadero paso histórico hacia la asistencia sanitaria digital”.

El objetivo de la Comisión es que, cuando esta iniciativa esté plenamente operativa “las personas tendrán un acceso inmediato, gratuito y fácil a sus datos en formato electrónico. Pueden intercambiar fácilmente estos datos con otros profesionales de la salud de la UE y de forma transfronteriza para mejorar la prestación de asistencia sanitaria. Asimismo, tendrán pleno control de sus datos y podrán añadir información, rectificar datos erróneos, restringir el acceso por parte de terceros y obtener información sobre cómo se utilizan sus datos y con qué finalidad”.

Sin embargo, también queda pendiente otra cuestión, ya que “los Estados miembros deberán procurar que los historiales resumidos de los pacientes, las recetas electrónicas, las imágenes médicas y los informes de imagen, los resultados de laboratorio y los informes de alta se emitan y se acepten en un formato europeo común”.

En ese sentido, explica, “la interoperabilidad y la seguridad pasarán a ser requisitos obligatorios. Los fabricantes de sistemas de historiales médicos electrónicos deberán certificar el cumplimiento de estas normas”.

Todos los Estados miembros deben designar autoridades sanitarias digitales. Estas autoridades deberán formar parte de una infraestructura digital transfronteriza que asistirá a los pacientes en el intercambio transfronterizo de sus datos.

Igualmente, el EEDS crea un marco jurídico sólido para el uso de datos sanitarios con fines de investigación, innovación, salud pública, elaboración de políticas y reglamentación. Las personas que trabajan en la investigación y en la innovación, las instituciones públicas o la industria tendrán acceso, bajo condiciones estrictas, a grandes cantidades de datos sanitarios de alta calidad, que serán esenciales para desarrollar medicamentos, vacunas o tratamientos capaces de salvar vidas, y que garantizarán un mejor acceso a la asistencia sanitaria y unos sistemas de salud más resilientes.

Para acceder a estos datos, los investigadores, las empresas o las instituciones deberán solicitar un permiso desde un organismo de acceso a los datos sanitarios; en todos los Estados miembros debe establecerse uno. Solo se concederá el acceso si los datos solicitados se usan para fines específicos, en entornos cerrados y seguros y sin revelar la identidad de las personas. También está terminantemente prohibido usar los datos para decisiones que perjudiquen a las personas, como concebir productos o servicios dañinos o aumentar una prima de seguros.

Los organismos de acceso a los datos sanitarios estarán conectados a la nueva infraestructura descentralizada de la UE para uso secundario (HealthData@EU), que se creará para apoyar proyectos transfronterizos.

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