Política

Farmaindustria asegura que la Ley de Contratos es “inadecuada” para la compra pública de fármacos

En 2018 los hospitales "apenas adquirieron el 31% de los medicamentos bajo la Ley de Contratos del Sector Público, y la mayoría recurrió a la modalidad de contratos menores o la compra directa” asegura Ana Boch, directora del Departamento Jurídico de la patronal
La directora del Departamento Jurídico de Farmaindustria, Ana Bosch, en el I Foro de Gestión y Servicios de Farmacia Hospitalaria.

“La legislación general de contratos del sector público resulta inadecuada para regular la compra pública hospitalaria de los medicamentos con derechos de patente”. Así lo resaltó este viernes la directora del Departamento Jurídico de Farmaindustria, Ana Bosch, en el I Foro de Gestión y Servicios de Farmacia Hospitalaria, organizado por la Sociedad Española de Directivos de la Salud (Sedisa) en Alcalá de Henares.

Bosch asegura que, según el informe Spending review fase II (Estudio gasto hospitalario en el sistema nacional de salud), de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef), los hospitales apenas adquirieron en 2018 el 31% de los medicamentos bajo la Ley de Contratos del Sector Público, y la mayoría recurrió a la modalidad de contratos menores o la compra directa a las compañías farmacéuticas sin utilizar los procedimientos de adjudicación de esta ley. “Este dato demuestra -apuntó- que hace falta un cambio en el modelo de compra de medicamentos por parte de los hospitales para hacerlo más flexible y eficiente y con menores cargas burocráticas que el actual”.

Los motivos por los que los hospitales apenas utilizan el sistema de compras de esta ley para la adquisición de medicamentos son las peculiaridades propias de este sector, aseguró: “La existencia de un precio de financiación pública de los medicamentos fijado por el Estado constituye un elemento diferencial respecto de cualquier otra compra pública de bienes o servicios por las administraciones públicas, por cuanto el principal comprador de los medicamentos innovadores es el propio Sistema Nacional de Salud”.

Además, destacó, en el caso de contratación de las terapias avanzadas, como fármacos oncológicos, no está clara la línea divisoria entre un producto o un servicio, en la medida en que la naturaleza de estas terapias se aproxima más a un tratamiento que a un medicamento. “Esto implica la necesidad de llevar a cabo unos procesos muy rigurosos y objetivos de medición y evaluación de los resultados en salud de los tratamientos y la introducción de mecanismos de retribución del laboratorio proveedor basado en los resultados de eficacia en vida real, lo que supone alargarse en el tiempo. Todas estas características no se contemplan en la citada ley de contratos del sector público”, indicó.

La directora jurídica de Farmaindustria añadió que estas carencias y rigideces en la Ley de Contratos del Sector Público para las compras de medicamentos se evidenciaron aún más durante la pandemia de la Covid-19, “cuando surgieron diversos problemas relativos a la inserción de los mecanismos de compra paneuropea de medicamentos en las estructuras competenciales y organizativas de nuestro Sistema Nacional de Salud”.

Por estos motivos, desde Farmaindustria se propone modificar la regulación para permitir la compra directa de medicamentos exclusivos por parte de los hospitales. “Los mecanismos de contratación pública no son los únicos posibles para adquirir medicamentos. Es posible recurrir a acuerdos de adquisición de naturaleza privada quedando sometidos a un régimen de libertad de pactos, y siendo su precio el determinado por el Ministerio de Sanidad con las revisiones y condiciones que se establezcan”.

El objetivo de estos modelos de contratación debe ser, según Bosch, “preservar el adecuado equilibrio del precio de los bienes con otros principios como la mejor asistencia pública a todos los ciudadanos propia de un Estado social, lo que aconseja abandonar la idea del precio como único elemento de valoración”, indicó.

Para realizar estos cambios, apuntó, es necesario excluir del ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público los contratos de suministro de medicamentos con protección de patente, los cuales podrán ser adquiridos directamente por los diferentes servicios de salud de las administraciones públicas, tomando como referencia el precio determinado por el Ministerio de Sanidad. Esta propuesta ya fue hecha el año pasado por parte del Grupo Parlamentario de Ciudadanos en el Congreso de los Diputados a través de una enmienda a los Presupuestos Generales del Estado de 2022.

El fin de estos cambios es articular un modelo regulatorio de la compra de medicamentos “que proporcione al conjunto de los operadores un marco de seguridad jurídica, y todo ello en beneficio de nuestro Sistema Nacional de Salud”, aseguró.

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