La tramitación parlamentaria de la proposición de ley sobre cribado neonatal incluirá una modificación de gran alcance de la normativa farmacéutica vigente. El Grupo Parlamentario Socialista, el Grupo Parlamentario Plurinacional Sumar y el Grupo Parlamentario Popular han alcanzado un acuerdo a través de una enmienda transaccional para modificar el Real Decreto Legislativo 1/2015. Esta reforma legal tiene como objetivo declarar confidenciales los precios reales de adjudicación y las condiciones pactadas entre las administraciones públicas y los laboratorios farmacéuticos.
En marzo de este año, los grupos Socialista y Plurinacional Sumar presentaron la enmienda 259 en un proyecto de ley sobre discapacidad con idéntico propósito conceptual. La incorporación de la enmienda en la proposición de ley sobre cribados, que este jueves ser votará en la Comisión de Sanidad, aporta la novedad de incluir al Partido Popular en el acuerdo, con lo que el resultado de la misma cuenta con mayoría suficiente para salir adelante.
La inclusión de ambas enmiendas muestra el interés del Gobierno y del principal partido de la oposición (sin descartar que otras formaciones puedan prestar su apoyo), por garantizar esta confidencialidad. Desde el Gobierno se ha indicado que la falta de confidencialidad podría dificultar la llegada temprana de medicamentos innovadores o terapias avanzadas, cuestión que es respaldada por el sector, que además considera elimininar la privacidad puede disparar los precios. Igualmente Sanidad, ha indicado también que la medida favorece la capacidad negociadora del Estado, la sostenibilidad presupuestaria y atender a la cláusula de nación más favorecida empleada en el mercado estadounidense.
Por contra, otras formaciones políticas califican esta medida como una maniobra de opacidad que impide a los ciudadanos conocer el precio de los fármacos. La Fundación Civio ha denunciado esta maniobra política criticando que "se utilice la vía de una enmienda transaccional para introducir una modificación de gran alcance que no figuraba en ninguna enmienda previa y que no se debatió públicamente."
La modificación que este jueves será con casi toda probabilidad aprobada en la Comisión de Sanidad, llega en un momento clave. El Tribunal Supremo tiene admitidos dos recursos de casación presentados por esta misma Fundación, para decidir si los precios reales y las condiciones de financiación de los medicamentos pagados con dinero público deben conocerse.
Con respecto al texto de la reforma que se debatirá en la Comisión de Sanidad, la enmienda en favor de la confidencialidad se incorporó formalmente como una disposición final nueva el 17 de junio, mediante la enmienda transaccional número cinco, registrada sobre la enmienda 34 del Grupo Popular. La propuesta original de la formación popular versaba sobre la participación de asociaciones de pacientes, sociedades científicas y expertos en salud pública en la revisión de los programas de cribado.
La modificación legislativa afecta directamente a la redacción de los artículos 97 y 106 del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. El documento articulado establece de forma explícita que los acuerdos de financiación que se alcancen, así como la información derivada de los mismos o de su aplicación, tendrán carácter confidencial. Esta protección se extiende a los precios de adjudicación de los contratos de suministro de medicamentos que celebren las administraciones públicas, con la prohibición expresa de ser revelados por las partes firmantes.
Confidencialidad en contratos públicos
La iniciativa actual se debate en el marco de una proposición de ley cuyos textos iniciales y enmiendas ordinarias se centraban en los criterios de evaluación del cribado neonatal y la coordinación autonómica. La tramitación se realiza mediante el procedimiento de urgencia, lo que reduce los plazos tradicionales a la mitad, y bajo la fórmula de competencia legislativa plena de la Comisión de Sanidad. Este mecanismo permite la aprobación definitiva en la propia comisión parlamentaria sin necesidad de someter el texto a debate ni votación en el Pleno del Congreso de los Diputados.
Tras la votación en la comisión parlamentaria, el texto se remitirá al Senado para completar su tramitación en un plazo previsto de 20 días antes de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.



Lilisbeth Perestelo: