Terapéutica

El SAS lleva las ATEs a Atención Primaria con una ‘Guía de referencia’

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha elaborado una guía para introducir en concepto de Alternativa Terapéutica Equivalente (ATE) en los fármacos de receta médica. El documento, realizado en colaboración con la Asociación Andaluza de Farmacéuticos de Atención Primaria (AAFAP) analiza en esta primera edición un total de 20 indicaciones y propone para cada una de ellas uno o dos medicamentos de elección.

Listado de medicamentos recomendados en la Guía Farmacoterapéutica de referencia para la prescripción en receta El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha publicado la 'Guía Farmacoterapéutica de referencia para la prescripción en receta' en la que incorpora el concepto de Alternativa Terapéutica Equivalente (ATE) en el ámbito de la Atención Primaria para proponer el uso de un determinado medicamento para cada una de las indicaciones analizadas.

El documento, realizado en colaboración con la Asociación Andaluza de Farmacéuticos de Atención Primaria (AAFAP) analiza en esta primera edición un total de 20 indicaciones (ver tabla en pdf) y propone para cada una de ellas uno o dos medicamentos de elección. En la mayoría de los casos, muchos de los fármacos que comparten indicación con los elegidos, se consideran ATE que, por cuestiones de eficiencia no son recomendados.

Según se explica en la presentación de la guía, la amplitud del arsenal terapéutico “provoca incertidumbre al prescriptor y variabilidad en la práctica clínica entre los diferentes profesionales”. Para minimizar esta situación, “una estrategia para disminuir esta variabilidad es la selección de medicamentos de elección y la consideración de alternativas terapéuticas”, explica la guía que añade que “de cara a una gestión eficiente, tener en cuenta las alternativas terapéuticas equivalentes además puede minimizar los costes”.

Los autores son conscientes de que en nuestro país “el ámbito de aplicación del intercambio terapéutico se ha circunscrito principalmente a los Hospitales”, aunque señalan que “también existen algunas experiencias en Atención Primaria, así como experiencias compartidas entre Atención Primaria y Hospitalaria”. Por ese motivo, la guía “constituye una herramienta de ayuda a la prescripción, y pretende facilitar al profesional, la selección de los principios activos más adecuados en función de los criterios de uso racional del medicamento: eficacia, seguridad, adecuación y coste”.

Por todo ello, los objetivos del documento son, por un lado “facilitar al profesional la selección de principios activos conforme a los criterios de uso racional del medicamento y de selección de medicamentos: eficacia, seguridad, adecuación y coste, e incorporando el concepto de alternativa terapéutica equivalente” y, por otro, “contribuir a mejorar la calidad de las prescripciones y reducir la variabilidad clínica”.

La actualización de la guía se prevé para plazos de entre dos y cinco años como máximo, aunque se podrían actualizar si se dispone de nuevas evidencias científicas que puedan modificar las recomendaciones. No obstante, al existir una versión electrónica del documento, los autores plantean “una actualización continua, incorporando las nuevas evidencias a medida que se vayan publicando, mediante la utilización de las nuevas tecnologías de la información”.

¿Guías obligatorias?

Aunque por su naturaleza de guía, las recomendaciones realizadas no deberían ser de obligado cumplimiento, agentes del sector consultados no tienen duda de que ajustarse a la misma implicará cumplimiento de objetivos de los indicadores de calidad de prescripción y, por tanto, beneficios para los médicos prescriptores.

Además, cabe recordar que el SAS ya tuvo en mente declarar obligatorias las guías. En este sentido, la realización de una guía de estas características era una de las medidas planteadas en el anteproyecto de Ley de Garantía y Sostenibilidad del Sistema Sanitario Público de Andalucía (SSPA). En los primeros borradores el SAS pretendía que fuera de obligado cumplimiento. Mas tarde, en el proyecto de ley remitido al Parlamento de Andalucía, se omitió la obligatoriedad y también se dejó de hablar de alternativas terapéuticas equivalentes para pasar a hacerlo de alternativas terapéuticas más eficientes. Terminología que ahora regresa a la primera idea.

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