Una enmienda introducida por el PSOE en el Senado, modificando el artículo 6 del Proyecto de Ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el covid-19, ha supuesto el endurecimiento de las exigencias de utilización de mascarillas en vía pública.
El Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el covid-19, estableció en su artículo 6 apartado 1 que las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas “en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros”. Toda la parte final de este artículo, ha sido eliminada en la tramitación como proyecto de ley tras la aprobación del proyecto de ley de ‘nueva normalidad’ y así se recoge en el Boletín Oficial del Estado.
La medida fue apoyada por el PSOE y todos los grupos de izquierda que le apoyan. En contra votaron PP, Vox y UPN, mientras que se abstuvieron Ciudadanos y Junts per Catalunya.
La justificación que ofreció el PSOE para impulsar esta enmienda fue que se trataba de una “mejora técnica”, pese a que, a continuación, señalaba que “con la evidencia reciente sobre transmisión del SARS-CoV 2 por aerosoles, el uso de mascarilla no puede quedar supeditado a no poder garantizar la distancia de 1,5 metros”. Algo que va mucho más allá de lo que se debería entender como mejora técnica.
La enmienda fue registrada por el Grupo Socialista a primeros de marzo (publicada en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el 3 de marzo) y su votación se produjo el pasado 10 de marzo en el Pleno del Senado. Pese a esta realidad, la portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha tratado de hacer ver que el endurecimiento de los criterios de utilización de mascarillas se deben al tiempo transcurrido desde la aprobación del real decreto-ley, en junio pasado, y su tramitación como proyecto de ley. Montero señaló a preguntas de los periodistas que la tramitación de la norma “arrancó la norma en junio de 2020” con el decreto-ley “que daba pie a la desescalada a la nueva normalidad”. De este modo, la portavoz del Ejecutivo achaca la inclusión de esta nueva limitación a un “decalaje entre la norma y la realidad ya superada desde junio”. A la vista de las fechas y que la introducción de la enmienda se produjo hace apenas un mes, la afirmación de Montero parece que no se ajusta a la realidad.
Pasaporte vacunal
Esta es la única modificación de relevancia que se ha incluido en el texto legal pese a que la problemática de los aerosoles es mucho más evidente en lugares cerrados que en abiertos. No obstante, sí que se han introducido otros cambios en el texto original del real decreto-ley original permiten la utilización de los datos obtenidos a través de la vacunación o las pruebas diagnósticas “para la emisión por la autoridad sanitaria competente de certificados de pruebas diagnósticas o de vacunación, previa solicitud expresa e inequívoca del interesado o su representante legal”.
Además, se han incorporado modificaciones acerca de la correcta identificación de las distintas técnicas que se pueden utilizar para el diagnóstico, de modo que se adapta la norma a la evolución de estas técnicas y la aparición de nuevas herramientas.
La nueva norma también incorpora nuevas reglas aplicables a los contratos de trabajo suscritos con cargo a financiación de convocatorias públicas de recursos humanos en el ámbito de la investigación y a la integración de personal contratado en el Sistema Nacional de Salud en una nueva disposición adicional sexta.
Por último, también se incluya la eliminación del visado de inspección a la terapia triple de EPOC mientras dure la vigencia de la emergencia sanitaria de la covid-19, que fue incorporada por la aprobación a última hora de una enmienda de Ciudadanos. Esta disposición adicional séptima contempla que el Consejo de Ministros pueda extender la suspensión del visado a “otras patologías, a los mismos efectos de evitar la exposición de los pacientes que las padezcan al contagio de SARS-CoV-2”.