“Conforme a los criterios previstos en la ley, dentro de este sistema [para la evaluación de la eficiencia de las tecnologías sanitarias y la financiación y fijación de precio de medicamentos] se elaborarían las directrices, guías y procedimientos de evaluación con reglas claras y transparentes para cada uno de ellos, que —en lo correspondiente a la prestación farmacéutica— se aprobarán por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (CDGAE) a propuesta conjunta de los Ministerios de Sanidad y de Hacienda”. Este párrafo literal está extraído de la Estrategia de la Industria Farmacéutica (EIF) aprobada el pasado martes por el Consejo de Ministros y supone un cambio muy relevante en las competencias reales sobre aspectos clave de la prestación farmacéutica que hasta ahora ostentaba el Ministerio de Sanidad hacia una Comisión Interministerial en la que Sanidad no está presente, al menos, de forma permanente.
En la Estrategia de la Industria Farmacéutica hay otro párrafo que va en la misma línea al plantear cuáles son los objetivos principales de la reforma de los procedimientos de inclusión de nuevos medicamentos (apartado 1.4.2). “Desarrollar y publicar los criterios que, de acuerdo con las previsiones de la Ley, definen la financiación de medicamentos; incluyendo el beneficio clínico adicional, que incluya la salud percibida por el paciente y la incertidumbre en torno a este beneficio, así como las garantías de suministro, acceso y de autonomía estratégica, valorando la aportación de las empresas a la economía nacional y al tejido industrial. El desarrollo de estos criterios sería aprobado por la CDGAE”.
En otro punto de la Estrategia de la Industria Farmacéutica se establece que los criterios para la exclusión de la financiación pública serán aprobados por el Ministerio de Sanidad, previo informe de la CDGAE.
Además, en lo referido al Plan Profarma, el núcleo económico del Gobierno será también quien queda al mando ya que la EIF establece que todas las modificaciones que se realicen en este programa de incentivos, deberán ser “en todo caso aprobadas en la CDGAE”.
Aunque es cierto que la EIF no es un documento con rango legal y, por tanto lo recogido en la misma solo tiene carácter político, y los cambios indicados deberán reflejarse en la normativa, no cabe duda de que recoge una intención que, no obstante, plantea un cambio relevante respecto de la situación actual. Es cierto que por la CDGAE pasan numerosos informes o proyectos normativos y que sin su visto bueno no siguen adelante, pero eso es muy distinto a que el acto de aprobación recaiga directamente en este organismo y no sobre Sanidad, como ha venido siendo.
Desde el Ministerio de Sanidad se plantea que el papel de la CDGAE ya es siempre muy relevante en los aspectos relativos al medicamento y que, por ejemplo, si se quiere tramitar como órdenes ministeriales las guías y protocolos del Real Decreto de Evaluación de Tecnologías Sanitarias (ETS), eso pasaría por la CDGAE, lo que en la práctica requiere su visto bueno. En cualquier caso, se muestran convencidos de que en la práctica poco cambia con la redacción dada a la estrategia puesto que el control de la CDGAE afecta a muchos informes, documentos y normativas en desarrollo.
¿Qué es la CDGAE?
La CDGAE, de acuerdo con la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno y el Real Decreto 1/2024, de 9 de enero, por el que se establecen las Comisiones Delegadas del Gobierno, es un órgano colegiado del Gobierno de España encargado de coordinar y supervisar las políticas económicas de distintos ministerios, garantizando su coherencia con las directrices generales del Ejecutivo. Su función principal es estudiar las directrices generales de política económica y velar por la plena coordinación y coherencia de las políticas de los distintos departamentos ministeriales con los criterios de la política económica del Gobierno.
En su composición actual, la Presidencia recae sobre el titular de Economía y la Vicepresidencia en la titular de Hacienda. Además, cabe señalar que en la misma están presentes hasta 15 ministerios de los 22 del Gabinete de Pedro Sánchez. Entre esos 15, no está Sanidad. De este modo, una parte relevante de la política farmacéutica del país se va a decidir en un órgano en el que las cuestiones sanitarias y el punto de vista asistencial, dado que el Ministerio de Sanidad no estará presente.
Composición de la CDGAE
Según el Real Decreto 1/2024, de 9 de enero, la composición de la CDGAE es la siguiente:
- Presidencia: La persona titular del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
- Vicepresidencia: La vicepresidenta Primera del Gobierno y ministra de Hacienda.
- Vocales:
- La vicepresidenta Segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social.
- La vicepresidenta Tercera del Gobierno y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
- Las personas titulares de los Ministerios de:
- Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
- Transportes y Movilidad Sostenible.
- Educación, Formación Profesional y Deportes.
- Industria y Turismo.
- Agricultura, Pesca y Alimentación.
- Política Territorial y Memoria Democrática.
- Ciencia, Innovación y Universidades.
- Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
- Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
- Transformación Digital y de la Función Pública.
- Vivienda y Agenda Urbana.
- Secretaría: La persona titular de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa.