Política

¿Cómo ha evolucionado la transparencia de precios en los 11 años de normativa?

La transparencia en la financiación de los medicamentos avanza con nuevas regulaciones y sentencias clave. Expertos reunidos por la Fundación CEFI analizan los cambios en la Ley de Garantías y el impacto de recientes decisiones judiciales, con motivo de los once años desde la aprobación de la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Participantes en la jornada sobre transparencia de precios de CEFI

El acceso a la información sobre los precios de los medicamentos financiados con fondos públicos sigue siendo un tema de debate en España y Europa, pero las últimas reformas normativas y decisiones judiciales muestran que se está avanzando hacia una regulación más clara. Desde la nueva Ley de los Medicamentos a algunas sentencias judiciales, como la del Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) sobre la compra de vacunas covid, que ha reafirmado la validez de la confidencialidad en ciertos acuerdos de adquisición de fármacos, están marcando un camino de protección de los aspectos más confidenciales.

Para analizar esta cuestión, y con motivo de los 11 años desde la aprobación de la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, conocida comúnmente como la Ley de Transparencia, la Fundación CEFI ha reunido a especialistas en derecho farmacéutico, economía de la salud y competencia para analizar los retos de la transparencia en este ámbito.

La jornada sirvió como presentación del número especial de Cuadernos de Derecho Farmacéutico, dedicado a la transparencia en la financiación de los medicamentos. Este monográfico recoge análisis jurídicos y económicos sobre el impacto de la Ley de Transparencia en el sector farmacéutico y la evolución de la normativa en otros países.

Desde la aprobación de la Ley de Transparencia en 2013, el acceso a la información pública ha sido una cuestión clave en la regulación farmacéutica. Según Joan Carles Bailach, abogado de Faus Moliner, existe un conflicto entre los intereses de algunas personas y organizaciones que buscan transparencia en la financiación de los medicamentos, y el de la industria farmacéutica, que reclama la confidencialidad de los datos comerciales. Pero hay una cosa clara en la ley, que “puede haber límites”.

“La Ley de Garantías establece que la información técnica, económica y comercial presentada por las empresas es confidencial. Sin embargo, el Consejo de Transparencia ha defendido que las resoluciones sobre precio y financiación deberían ser accesibles al público”, explicó Bailach. A este respecto, este abogado recordó que en el borrador de la Ley de los Medicamentos filtrado hace unas semanas, se introduce una modificación que reconoce como confidencial no solo la información comercial que aporte el laboratorio, sino todo lo que se derive de ella, lo que abarcaría a los precios y a las condiciones de financiación y otros acuerdos recogidos en las resoluciones. En este sentido, se trataría de dar respuesta regulatoria a la posición que el Ministerio de Sanidad ha defendido de forma habitual en los litigios iniciados: si se publican los precios, se afectaría al “interés público”.

Un problema que afecta a muchos países

Uno de los riesgos de una transparencia total es su efecto en las negociaciones de precios a nivel internacional. Beatriz Cocina, abogada de Uría Menéndez, explicó que este debate no es exclusivo de España.

“Vemos el mismo problema en países como Alemania, Suiza e Italia. Si los precios de los medicamentos son completamente públicos, las farmacéuticas podrían reconsiderar sus estrategias de lanzamiento en ciertos mercados”, señaló Cocina.

En relación con los litigios en esta materia, Cocina destacó como uno de los casos más relevantes el del Tribunal Supremo de Suiza, que ha recogió el argumento esgrimido por la propia autoridad sanitaria en relación a que “la divulgación de precios puede afectar la capacidad negociadora de los Estados”. Esta misma posición ha sido la defendida en España por el Ministerio de Sanidad en los litigios que ha habido sobre la cuestión. Del mismo modo, Cocina destacó la reciente sentencia del Tribunal General de la Unión Europea sobre los contratos de compra de vacunas covid ha avalado la confidencialidad de ciertos datos estratégicos.

Desde la perspectiva del derecho de la competencia, Pablo García Vázquez, abogado de Cuatrecasas, advirtió sobre el riesgo de colusión si se obligase a compartir información sensible. Yna transparencia excesiva podría facilitar la coordinación entre empresas, reduciendo la competencia en el mercado farmacéutico, afirmó. En este sentido, recordó el caso de la Comisión Europea, que en 2023 sancionó el primer cártel farmacéutico basado en el intercambio de información sobre precios. “Si obligamos a revelar datos sensibles, podríamos estar incentivando una competencia menos dinámica y más predecible”, advirtió.

En este contexto, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha mostrado interés en analizar el impacto de la transparencia en los precios de los medicamentos y se espera que emita un informe al respecto cuando la nueva Ley de Garantías esté más avanzada.

España, referencia para 30 países

Desde la economía de la salud, Jorge Mestre explicó que el mercado de los medicamentos es muy diferente a otros y no se le pueden aplicar los modelos tradicionales ya que el que decide, compra y paga no son la misma persona y, además, el producto, viene de un proceso complejo, con mucha I+D, mucho riesgo, con elevada carga de propiedad intelectual y en un mercado global.

Por ese motivo, consideró que la transparencia en los precios podría alterar las estrategias de lanzamiento de nuevos medicamentos en Europa. El acceso a ciertos tratamientos puede verse afectado si las farmacéuticas deciden priorizar mercados con políticas de confidencialidad más favorables, indicó.

Además, destacó que más de 30 países toman como referencia los precios de los medicamentos en España, lo que implica que cualquier cambio en la política de transparencia puede tener consecuencias globales.

Una regulación más adaptada al sector farmacéutico

Otro de los puntos clave de la jornada fue la necesidad de adaptar la contratación pública de medicamentos a la realidad del sector. Alberto Dorrego, socio de Eversheds Sutherland, destacó que la normativa de contratación actual no contempla las particularidades de la compra de fármacos.

No obstante, también expuso que el borrador no oficial de la nueva Ley del Medicamento recogía que la compra pública de medicamentos innovadores se realice “mediante contratos de naturaleza privada, lo que permitiría una mejor protección de la confidencialidad de los precios”, explicó Dorrego. A este respecto, este jurista abogó porque la norma recoja en su literalidad lo que luego se ejecuta de forma práctica en la dinámica habitual, para evitar lo que sucede ahora mismo, que no se parece en nada. En este sentido, consideró que, si la norma hablara de negociación de precios, sería más fácil defender una confidencialidad para la resolución que surja de dicho acuerdo.

Además, recordó que sentencias recientes han reconocido que la confidencialidad de los precios en los contratos de compra pública puede ser compatible con la normativa europea, como lo demuestra la resolución del TGUE sobre la adquisición de vacunas covid.

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