Opinión

El debate sobre el copago farmacéutico: entre la equidad y la doble imposición

Artículo de opinión de Carlos Lens, ex subdirector general de Calidad del Medicamento y consultor en el ámbito farmacéutico, acerca de su visión sobre el modelo de copago y donde valora algunas propuestas en materia de avanzar en copago en función de renta para todos los colectivos.

Las propuestas de vincular el copago a la renta generan controversia en un sistema que ya aplica tributación progresiva. El copago farmacéutico vuelve al debate político con propuestas que pretenden vincularlo directamente a la renta del beneficiario. Sin embargo, los expertos advierten de que esta medida podría suponer una doble imposición en un sistema tributario que ya redistribuye la carga fiscal según la capacidad económica de cada ciudadano.

España es actualmente el único país europeo donde sólo la prestación farmacéutica ambulatoria está sujeta a copago, mientras que el resto de prestaciones sanitarias, incluida la administración de medicamentos en hospitales, permanecen gratuitas. Esta singularidad diferencia al Sistema Nacional de Salud (SNS) español de otros modelos europeos.

Dos modelos de protección social en Europa

Europa opera bajo dos sistemas fundamentales de aseguramiento sanitario. El modelo Bismarck, originario de Alemania en 1880, se financia mediante cotizaciones sociales vinculadas al trabajo y opera habitualmente con provisión sanitaria privada. Este sistema, aplicado en 16 países de la Unión Europea, normaliza el establecimiento de copagos como mecanismo regulador.

Por el contrario, el modelo Beveridge, desarrollado en Reino Unido en los años 1940, se basa en la financiación tributaria universal y la provisión pública de servicios sanitarios. Este modelo, seguido por 11 países europeos incluida España, considera los copagos como medidas excepcionales, aplicándolos únicamente cuando no es posible utilizar las listas de espera como factor moderador de la demanda.

España adoptó el modelo Beveridge en 1986 con la Ley General de Sanidad, abandonando el sistema previo de seguros sociales. Este cambio implicó que la financiación sanitaria pasara de depender de las cotizaciones sociales a sustentarse en los ingresos tributarios del Estado, principalmente el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), que significa el 44% de la recaudación tributaria de nuestro país.

La evolución del copago español

El copago farmacéutico ha experimentado diversas modificaciones a lo largo de seis décadas. Hasta 1980, los usuarios activos pagaban el 20% del precio del medicamento mientras los pensionistas estaban exentos. Entre 1980 y 2012, la aportación de los trabajadores activos subió al 40%, manteniéndose en el 10% para tratamientos crónicos.

El sistema actual, vigente desde 2012, establece una aportación del 40-60% para beneficiarios activos y del 10% para pensionistas, con topes mensuales en función de la renta para estos últimos. Las poblaciones más vulnerables mantienen la exención del copago.

Los datos oficiales revelan que el gasto farmacéutico del SNS alcanzó los 13.500 millones de euros en 2024, representando el 0,83% del PIB. De esta cifra, el 75% corresponde a recetas de pensionistas, un colectivo que representa aproximadamente el 30% de la población española entre pensionistas (12 millones) y beneficiarios a su cargo.

La realidad del gasto farmacéutico

Contrariamente a las percepciones habituales, el análisis de los datos económicos muestra que España dedica proporcionalmente menos recursos a la prestación farmacéutica que en años anteriores. El gasto farmacéutico como porcentaje del PIB ha descendido del 0,88% en 2015 al 0,83% en 2024, mientras que su peso sobre los ingresos tributarios ha caído del 5,24% al 4,6% en el mismo período. . Durante estos años, el PIB español creció un 46,6% y los ingresos tributarios aumentaron un 62%, mientras que el gasto farmacéutico ambulatorio del SNS solo se incrementó un 33,5%. Estos datos sitúan a España entre los países europeos que menos gastan en farmacia ambulatoria en términos relativos.

El problema de la doble tributación

Los críticos de vincular el copago a la renta argumentan que esta medida constituiría una forma de doble imposición. El sistema tributario español ya incorpora mecanismos de equidad a través del IRPF, que aplica tipos progresivos que pueden alcanzar el 47% para las rentas más altas.

Según este razonamiento, los ciudadanos con mayor renta ya contribuyen de forma progresiva a la financiación del sistema sanitario a través de sus impuestos. Establecer un copago adicional basado en la misma variable supondría gravar dos veces el mismo concepto. Esta situación contrastaría con países como Francia o Alemania, que en sus sistemas mixtos permiten deducciones fiscales por gastos sanitarios para evitar precisamente este tipo de duplicidades.

Las necesidades sanitarias por edad

Un elemento central del debate es la distribución de las necesidades sanitarias a lo largo de la vida. La demanda asistencial sigue un patrón biológico: es elevada en la primera infancia, desciende durante la adolescencia y juventud, y aumenta progresivamente a partir de los 30 años, experimentando un crecimiento exponencial desde los 55 años. Esta realidad explica que los pensionistas, con mayores necesidades sanitarias debido a la edad, generen la mayor parte del gasto farmacéutico. Modificar el copago en función de la renta precisamente cuando los beneficiarios más necesitan atención sanitaria plantea cuestiones sobre la coherencia del sistema.

Las implicaciones del cambio de modelo

Cuando España adoptó el modelo Beveridge en 1986, estableció un compromiso de largo plazo basado en la universalidad de las prestaciones y la financiación tributaria progresiva. Los expertos advierten de los riesgos de modificar elementos fundamentales de este modelo sin una evaluación previa de las necesidades reales de asistencia farmacéutica.

La cuestión de fondo trasciende el debate sobre la capacidad de pago de los ciudadanos para centrarse en si el sistema proporciona la atención farmacéutica que requiere una población progresivamente envejecida.

Si finalmente se decidiera vincular el copago a la renta, la coherencia fiscal exigiría considerar la introducción de deducciones en el IRPF por gastos sanitarios, algo que actualmente no existe en el sistema tributario español. La alternativa sería desembocar en situaciones de doble imposición que plantean problemas jurídicos evidentes.

El debate sobre el copago farmacéutico refleja, en definitiva, tensiones más amplias sobre el modelo de Estado de Bienestar y los mecanismos de financiación de las prestaciones sociales en un contexto de envejecimiento poblacional y restricciones presupuestarias.


Carlos Lens, ex subdirector general de Calidad del Medicamento y consultor en el ámbito farmacéutico.

Comentarios

guest
0 Comments
Inline Feedbacks
View all comments

Noticias relacionadas

Actividades destacadas