Apartados con interés para el ámbito farmacéutico (acceder al documento completo)
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Asimismo, cabe destacar los ahorros esperados en relación con las medidas a implementar en el ámbito de los gastos farmacéuticos y en productos sanitarios. Dichas medidas se enmarcan dentro de la creación de un instrumento para la sostenibilidad del gasto sanitario, determinante de un compromiso, por parte de las Comunidades Autónomas que se adhieran a dicho instrumento, de que dichos gastos, representativos de un porcentaje muy significativo de los gastos en transferencias y en bienes corrientes y servicios, evolucionan por debajo de la tasa de referencia que aplica a la regla de gasto, prevista en la normativa de estabilidad presupuestaria.
La tasa de referencia viene definida por la evolución del PIB potencial a medio plazo. Se crea un sistema de incentivos positivos y negativos para favorecer la adhesión y promover el cumplimiento. Se prevé reforzar dicho instrumento por la suscripción de diversos protocolos de colaboración con la industria sanitaria con el fin de cooperar en la consecución de dicha sostenibilidad en el gasto, acompañado de un conjunto de medidas y actuaciones para lograr mayores cotas de eficiencia en dicho ámbito, en línea con las Recomendación del Consejo Europeo publicada en junio de 2014 relativa al Programa Nacional de Reformas.
El impacto estimado está en torno a mil millones de euros en el periodo 2015-2016. Como elemento a destacar, la mejora de la información que prevé la reforma facilitará el seguimiento del gasto del sector sanitario y farmacéutico incluido hospitalario.
Control del gasto sanitario y farmacéutico
Las medidas contempladas en el Real Decreto-Ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y la calidad y seguridad de sus prestaciones, han permitido hacer frente al fuerte endeudamiento que el sistema sanitario padecía a finales de 2011, así como consolidar y desarrollar la asistencia sanitaria prestada desde la optimización de los recursos disponibles.
Gracias al citado Real Decreto-Ley y a su normativa de desarrollo, se han mantenido y mejorado las prestaciones asistenciales en cantidad y calidad, y a pesar del complejo contexto económico de los últimos años, se ha conseguido situar el gasto público sanitario en 68.607 millones de euros (2012). Por su parte, el gasto farmacéutico mediante receta del SNS se situó en 9.770 millones de euros en 2012, en 9.183 millones de euros en 2013 y en 9.362,6 millones de euros en 2014, con descensos del -12,25%, -17,53% y -15,88 respecto al año 2011. En su conjunto, el ahorro estimado entre el 1 de julio de 2012 y 31 de diciembre de 2014, por la puesta en marcha de las diversas medidas de eficiencia incluidas en la reforma sanitaria y demás medidas de política farmacéutica y sanitaria alcanza los 6.929,8 M€.
Uno de los factores que más ha contribuido a esta reducción del gasto ha sido la exitosa implantación de las diversas medidas de eficiencia en el gasto farmacéutico. El ahorro total obtenido por las diferentes medidas de racionalización del gasto público en farmacia, desde la puesta en marcha de las medidas incluidas en la reforma sanitaria en julio de 2012 hasta el mes de diciembre de 2014, ha superado los 4.314 millones de euros. Para alcanzar esta importante cota de eficiencia, han sido decisivas, entre otras:
- la implantación de nuevas normas para la revisión del sistema de precios de los medicamentos (con la adopción de medidas que favorecen la competencia de precios: el sistema de agrupaciones homogéneas de medicamentos con aplicación de los precios menores y precios más bajos),
- la aplicación de criterios de coste-efectividad en las decisiones de financiación pública de medicamentos,
- la actualización permanente del Nomenclátor Oficial de la prestación farmacéutica del SNS en la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos,
- la adopción de políticas para impulsar la prescripción de medicamentos genéricos,
- el fomento de presentaciones adaptadas a la duración de los tratamientos, evitando así la acumulación innecesaria de fármacos,
- la aplicación del principio de eficiencia en la prescripción de medicamentos en el SNS y la mejora de los sistemas de información farmacéuticos (herramientas de prescripción y seguimiento del consumo a través de receta y en el ámbito hospitalario).
Como dato relevante, el Sistema Nacional de Salud registró en 2013, por primera vez, un porcentaje de consumo de medicamentos genéricos de un 46,52%, frente al 34,16% de 2011, dato que aproxima a nuestro país a la media europea (55%) en dispensación de estos medicamentos.
Otra influencia positiva en la reducción del gasto ha derivado de la revisión del sistema de aportación de los usuarios en la prestación farmacéutica ambulatoria, que ha sido sustituido por un nuevo régimen más justo y progresivo, en el que se tienen en consideración criterios de equidad basados en las rentas de los usuarios, su edad y su estado de salud, aportando más los que más tienen y protegiendo a los colectivos menos favorecidos, como los parados de larga duración y sus beneficiarios que por primera vez están exentos de pagar por las medicinas.
Otra medida que ha conseguido generar importantes ahorros ha sido la puesta en marcha de la Plataforma de Compras Centralizadas. De ella se están derivando significativos beneficios para el SNS que se prolongarán en los años venideros, especialmente para pacientes, profesionales y proveedores del Sistema, por cuanto se mejora la calidad y equidad de los productos adquiridos mediante la mejora técnica de los mismos a través de la estandarización y homogenización de los productos. Al mismo tiempo, la Plataforma ha establecido un escenario de estabilidad del mercado para los proveedores, aplicando economías de escala a los suministros de medicamentos y productos sanitarios, así como a los Acuerdos Marco para la selección de suministradores de vacunas a los que las CCAA se pueden sumar de manera voluntaria.
Merece una especial mención el apartado de Recursos Humanos, con actuaciones encaminadas a lograr una mayor eficacia y eficiencia tanto en la formación de los profesionales sanitarios como en la gestión de las plantillas por parte de las administraciones públicas; estas medidas son, por un lado, la reforma del sistema de Formación Sanitaria Especializada mediante la implantación de un modelo Troncal, y por otro lado, la creación de un Registro Estatal de Profesionales Sanitarios.
El modelo de formación troncal favorecerá una visión global de las distintas especialidades, por lo que dejarán de ser compartimentos estancos aislados entre sí, y permitirá, a través de la reespecialización, la movilidad y competencia de los profesionales así como su adecuación a las necesidades de cada sistema de salud.
Desde el punto de la innovación, el proyecto normativo favorece las actividades científicas docentes tanto en el período formativo de la especialidad como a través de las áreas de capacitación específicas, que tiene como uno de sus objetivos fundamentales la alta especialización (que exige un alto nivel de competencia vinculado a la innovación al desarrollo y a la investigación). Desde el punto de vista del empleo, flexibiliza el mercado de trabajo dotando a los especialistas de una formación más amplia que les permitirá adecuarse a las necesidades siempre cambiantes del sistema sanitario desde todos los puntos de vista, asistencial, organizativo, científico.
El desarrollo del modelo de Formación Especializada Troncal supondrá, pues, la incorporación de elementos de innovación docente y el uso de las tecnologías de la información, de modo que permitirá potenciar la calidad de nuestro sistema sanitario, y aumentar la seguridad de los pacientes, así como la eficacia y la eficiencia de todo el sistema.
Por su parte, el Registro Estatal de Profesionales Sanitarios mejorará la eficiencia en el Sistema Nacional de Salud en cuanto a la gestión de los recursos humanos, ya que pondrá a disposición de las administraciones públicas sanitarias información veraz que facilite la mejora de la planificación de las necesidades de profesionales de la sanidad en el ámbito estatal y la coordinación de las políticas de recursos humanos.
Finalmente, la reforma de la cartera común de servicios asistenciales ha consistido fundamentalmente en una concreción y actualización con base en criterios de evidencia científica, efectividad y eficiencia y en condiciones de equidad para la población protegida por el SNS y en el caso de la cartera común suplementaria también se ha incorporado la aportación del usuario.
Revisión del gasto. Medidas sanidad y farmacia
El grupo de trabajo se constituyó mediante Acuerdo 1/2014 del CPFF en su reunión del día 26 de junio de 2014.
Los intensos trabajos llevados a cabo en el mes de julio de 2014 permitieron la recopilación de más de 450 medidas por parte de las CC.AA, que fueron presentadas en un catálogo sistematizado con fecha 17 de julio de 2014.
Este conjunto de medidas se plantean sobre una serie de actuaciones con la finalidad de procurar una mejora de la eficiencia del gasto público autonómico, información que tanto las CCAA como el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas han incorporado a la evaluación y análisis de las actuaciones que han de permitir el cumplimiento de la senda de consolidación fiscal.
No obstante, y en atención a la Recomendación del Consejo Europeo publicada en junio de 2014 relativa al Programa Nacional de Reformas, en la que se indicaba la necesidad de realizar una revisión sistemática del gasto en todos los niveles de la Administración y aumentar la racionalización del gasto sanitario y farmacéutico, debe hacerse mención especial a los pasos que se están dando al objeto de mejorar la evaluación y el control del gasto autonómico en el ámbito sanitario. Así, se está trabajando en la adopción de instrumentos normativos y de colaboración con las Comunidades Autónomas y las asociaciones representativas de los sectores empresariales, para una evaluación continua y permanente de los elementos que intervienen en la evolución del gasto farmacéutico y en productos sanitarios, con la finalidad de anticipar las medidas necesarias para procurar la sostenibilidad del gasto sanitario.
El control del gasto sanitario y farmacéutico ha sido objeto de numerosas medidas que han redundado en una contención importante de los mismos en los últimos años. Especialmente destacable es el esfuerzo llevado a cabo en el ámbito farmacéutico, donde la receta oficial del Sistema Nacional de Salud registró una notable desaceleración, pasando de un crecimiento del 6,9% en 2008 a una reducción del 8,8% en 2011, del 12,26% en 2012 y del 6,01% en 2013. No obstante, en el ejercicio 2014 se ha observado un ligero incremento del 1,95% respecto al ejercicio anterior, que evidencia la conveniencia de adoptar las actuaciones necesarias para asegurar su sostenibilidad, como se está tramitando actualmente. En todo caso, el gasto público por receta oficial del Sistema Nacional de Salud del ejercicio 2014 registra una reducción del 15,9% sobre el gasto del ejercicio 2011, momento anterior a la aplicación de las reformas en la materia.
El esfuerzo conseguido en esta rúbrica es resultado fundamentalmente de las medidas adoptadas en el Real Decreto ley 16/2012, que inciden en la reducción del gasto farmacéutico desde el lado de la oferta, con la disminución del precio, la potenciación del uso de genéricos, la aplicación del sistema de precios de referencia y la menor financiación para medicamentos para síntomas menores. Por el lado de la demanda, desde 2012 se ha limitado el gasto público en farmacia por medio de la nueva aportación del usuario, más equitativa y solidaria, de forma que aporta más quien más tiene, a la vez que salvaguarda a quienes menos tienen; por su efecto desincentivador en la acumulación innecesaria de fármacos en el domicilio.
En 2014 las recetas facturadas han experimentado un crecimiento del 1,06%, si bien en los ejercicios anteriores se había llevado a cabo una reducción significativa. Así, en 2013 se redujeron en 54 millones el número de recetas facturadas, es decir, un 5,94% menos. Antes de la reforma, hasta julio de 2012 (fecha de entrada en vigor de la medida de aportación del usuario) el número de recetas crecía al 2,23% (acumulado de enero a junio 2012 respecto a acumulado enero a junio 2011). Paralelamente, el gasto medio por receta se ha mantenido en 10,7 euros durante 2012 y 2013, aumentando levemente a 10,8 euros en 2014.
En todo caso resulta reseñable que sigue aumentando el consumo de genéricos, que suponen actualmente el 47% de los envases de medicamentos facturados, frente al 34,1% de 2011.
Además, han contribuido también al ahorro farmacéutico la modificación a la baja del precio de cerca de 1.000 presentaciones de medicamentos, así como el fomento de genéricos mencionado anteriormente.
Medidas de sostenibilidad de sanidad 2015
Desde mediados de 2014 se han llevado a cabo una serie de trabajos, conjuntamente con el Ministerio de Sanidad y los principales agentes del sector, al objeto de mejorar la eficiencia, la sostenibilidad y la calidad de los servicios públicos sanitarios. Así, se encuentra en tramitación parlamentaria la modificación de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, que se espera aprobar en próximas fechas.
A través de esta modificación normativa se impulsa la transparencia y sostenibilidad de gasto sanitario, estableciendo un régimen de suministro de información de carácter mensual por parte de las CCAA y su publicación a través de la Central de Información. Se prevé que la primera remisión se produzca en junio de 2015. El contenido de la información a suministrar se referirá a los datos relativos a su gasto farmacéutico y sanitario, tanto hospitalario como extra hospitalario, datos relativos al gasto en inversiones reales en el ámbito sanitario, especialmente en relación a equipos de alta tecnología sanitaria de uso hospitalario y las medidas adoptadas, así como su grado de avance, para mejorar la eficiencia y sostenibilidad del sistema sanitario.
Se crea además un nuevo instrumento de apoyo a su sostenibilidad, de adhesión voluntaria por parte de las Comunidades Autónomas. Las adheridas quedarán sometidas a unos límites en el gasto sanitario que será objeto de seguimiento detallado por parte del MINHAP y evaluación anual, de modo que la variación interanual de su gasto farmacéutico y en productos sanitarios no podrá superar la tasa de referencia del PIB a medio plazo de la economía española, de forma compatible con la regla de gasto prevista en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Con los datos actuales de crecimiento potencial promedio nominal, esta tasa se estima en 1,4% en 2015 y 1,6% en 2016, llegando a 2,1% en 2018, esta tasa se calcula anualmente por el Ministerio de Economía y Competitividad en el informe de situación que prevé la LOEPSF.
Para el caso de superación de los límites de gasto previstos, podrá acordarse la adopción de diferentes medidas por parte de las Comunidades Autónomas.
Estas modificaciones normativas se podrán ver complementadas con diferentes actuaciones de colaboración y cooperación con las Comunidades Autónomas y las asociaciones representativas de los sectores empresariales en materia sanitaria, permitiendo la evaluación de los elementos que intervienen en la evolución del gasto farmacéutico y en productos sanitarios, con la finalidad de anticipar las medidas necesarias para procurar la sostenibilidad del gasto sanitario, y unido a la mejora de la calidad del gasto en este ámbito.
Todo ello en línea con la recomendación del Consejo Europeo de junio de 2014 relativa al Programa Nacional de Reformas y al Programa de Estabilidad, donde se indicaba la necesidad de realizar en 2015 una revisión sistemática del gasto público para mejorar su eficiencia y calidad y la necesidad de seguir aumentando la eficiencia del sector de la asistencia sanitaria, sobre todo aumentando la racionalización del gasto farmacéutico, particularmente en los hospitales.
La misma Recomendación indicaba que este conjunto de actuaciones debía compatibilizarse con medidas que intensificaran la coordinación entre los distintos tipos de asistencia, preservando al mismo tiempo la accesibilidad para los grupos vulnerables.
En este sentido, mediante los mecanismos adicionales de apoyo a la liquidez de las Comunidades Autónomas, tanto los programas de FLA como el extinto Mecanismo de Pago a Proveedores (en su tercera fase), han venido proporcionando un tratamiento especial a los Servicios Públicos Fundamentales y a las entidades del llamado Tercer Sector. Además, el RDL 17/2014 crea un compartimento especial, el Fondo Social, para atender a las obligaciones pendientes de pago de las Comunidades Autónomas con Entidades Locales derivadas de convenios de colaboración en materia social y otras obligaciones del mismo ámbito, entre las que se incluyen las asociaciones que trabajan con grupos desfavorecidos.