Donald Trump ha aprobado oficialmente el nuevo marco de aranceles para las importaciones farmacéuticas en Estados Unidos, pero lo ha hecho con un diseño selectivo que rompe con cualquier lectura lineal de la medida. La decisión no afecta por igual a todos los medicamentos, ni a todos los países de origen, ni tampoco a todas las compañías. Además, la orden presidencial distingue entre productos patentados y genéricos, prevé excepciones para categorías especialmente sensibles, fija tipos diferenciados para la Unión Europea y Reino Unido, y abre vías de exención para las empresas que acepten compromisos de inversión productiva y de precios en territorio estadounidense.
La base jurídica de la decisión vuelve a ser la sección 232 de la Trade Expansion Act de 1962, el instrumento que permite a la Casa Blanca adoptar restricciones comerciales por motivos de seguridad nacional. Trump asume en su orden la tesis de que la dependencia exterior de Estados Unidos en medicamentos innovadores, principios activos e insumos estratégicos representa una vulnerabilidad para el país. El texto sostiene que aproximadamente el 53 por ciento de los fármacos con protección de patente distribuidos en el mercado estadounidense se fabrican fuera de sus fronteras y que, en el caso de los principios activos protegidos, solo el 15 por ciento del volumen destinado a ese mercado se produce dentro del país.
Sobre esa base, la Casa Blanca establece un arancel general del 100 por ciento para los medicamentos patentados y determinados ingredientes farmacéuticos importados. Sin embargo, la propia orden desarrolla una arquitectura mucho más compleja que esa cifra de referencia. La medida incorpora productos excluidos, categorías exceptuadas, tratamientos diferenciados por país. Igualmente, establece condiciones especiales para determinadas compañías y calendarios de entrada en vigor distintos según el caso.
Uno de los elementos más relevantes es que los medicamentos genéricos y los biosimilares quedan fuera, por el momento, del nuevo régimen arancelario. La Administración se reserva revisar dentro de un año si extiende también a estos productos la política adoptada ahora para el segmento de los medicamentos patentados, pero de entrada decide no incluirlos.
Tampoco quedan sometidas al mismo trato todas las categorías terapéuticas o tecnológicas. La orden recoge excepciones para productos de especial sensibilidad sanitaria y estratégica, como los medicamentos huérfanos cuando todas sus indicaciones aprobadas lo sean bajo esa condición, los radiofármacos, las terapias derivadas del plasma, los tratamientos de fertilidad, las terapias celulares y génicas, los anticuerpos conjugados, determinadas contramedidas médicas frente a amenazas químicas, biológicas, radiológicas o nucleares, además de otros productos especializados que pueda identificar la Administración.
Impacto para Europa
La Unión Europea figura entre las áreas que reciben un tratamiento específico. Los medicamentos patentados procedentes de la UE, así como de Japón, Corea del Sur, Suiza y Liechtenstein, estarán sujetos a un arancel del 15 por ciento, siempre que no les corresponda una tarifa inferior por otra vía prevista en la propia orden. Un caso que ya accede a ese trato preferencial es el Reino Unido, donde recargo se sitúa en el 10 por ciento, un nivel más favorable que el de la UE. La Administración vincula esta diferencia a la existencia de compromisos y negociaciones específicas sobre precios farmacéuticos.
Para la industria europea, esto supone evitar el escenario extremo del 100 por ciento, pero no quedar al margen de la ofensiva comercial. El impacto potencial es relevante para grupos con fuerte presencia exportadora hacia Estados Unidos y para plantas localizadas en países comunitarios con un peso importante en fabricación farmacéutica. En el caso británico, la tarifa menor refuerza una posición comparativamente más ventajosa frente a los exportadores asentados en la UE.
Presión industrial
La clave política y económica de la orden está, sin embargo, en otro punto. Más que un simple arancel, lo aprobado por Trump opera como un instrumento de presión industrial y de política de precios. La Administración ofrece tratamientos específicos a las compañías que acepten trasladar o ampliar producción en Estados Unidos y, además, se abran a acuerdos de precios en línea con el modelo de nación más favorecida (NMF).
En este esquema, las compañías con un plan de inversión productiva o relocalización aprobado por el secretario de Comercio podrán acceder a un arancel máximo del 20 por ciento. Pero no se trata de una rebaja permanente. La propia orden establece que ese tratamiento se extinguirá en 2030, momento en el que esas importaciones pasarán al gravamen general del 100 por ciento si no media otra condición específica. Washington utiliza esa tarifa como incentivo transitorio para empujar a la industria a fabricar en suelo estadounidense.
La vía más beneficiosa es todavía más exigente. Las empresas que, además de esos compromisos de inversión o relocalización, acepten acuerdos ligados al modelo NMF podrán quedar temporalmente en arancel cero. La orden liga esta posibilidad a pactos con el Departamento de Comercio y el Departamento de Salud sobre precios y sobre producción e I+D en Estados Unidos. También en este caso la ventana tiene límite temporal, ya que el mecanismo de exención previsto en la orden no se mantendrá indefinidamente.
Ese planteamiento refuerza la idea de que la Administración no busca únicamente encarecer importaciones o proteger producción local en abstracto. También intenta condicionar el comportamiento de las grandes farmacéuticas multinacionales, al plantearles la alternativa entre asumir mayores costes de acceso al mercado estadounidense o alinearse con una agenda concreta de inversión industrial y contención de precios. La herramienta arancelaria funciona así como palanca de negociación con la industria.
La documentación que acompaña a la orden también identifica a las compañías que ya han suscrito acuerdos específicos con la Administración estadounidense o que se encuentran en situaciones diferenciadas por compromisos asumidos. Entre las empresas citadas figuran AbbVie, Amgen, AstraZeneca, Bristol Myers Squibb, Boehringer Ingelheim, Eli Lilly, EMD Serono, Genentech, Gilead, Merck Sharp & Dohme, Novartis, Novo Nordisk y Sanofi.
A su vez, la orden recoge una relación más amplia de grupos para los que el nuevo tratamiento arancelario entrará en vigor antes que para el resto de operadores. En esa lista aparecen AbbVie, Amgen, AstraZeneca, Bristol Myers Squibb, Boehringer Ingelheim, Eli Lilly, EMD Serono, Genentech, Gilead, GSK y ViiV, Johnson & Johnson, Merck Sharp & Dohme, Novartis, Novo Nordisk, Pfizer, Regeneron y Sanofi. En estos casos, la aplicación comenzará el 31 de julio de 2026, mientras que para el resto de productos afectados la fecha general será el 29 de septiembre de 2026.
La existencia de compañías en situaciones distintas confirma el carácter no uniforme de la medida. Hay fabricantes con acuerdos ya suscritos, otros con entrada en vigor adelantada y otros que podrán aspirar a mejores condiciones si formalizan compromisos de inversión y precios. El alcance real del nuevo régimen dependerá, por tanto, no solo del país de origen o del tipo de medicamento, sino también del grado de alineamiento de cada empresa con la estrategia de Washington.



Lilisbeth Perestelo:
César Hernández, director general de Cartera y Farmacia del Ministerio de Sanidad:
Kilian Sánchez, secretario de Sanidad del PSOE y portavoz de la Comisión de Sanidad del Senado.:
Rocío Hernández, consejera de Salud de Andalucía:
Nicolás González Casares, eurodiputado de Socialistas & Demócratas (S&D - PSOE):