Recomendaciones y propuestas recogidas en el Informe sobre el sector farmacéutico de la Organización Médica Colegial (OMC)
Índice:2
1. CONTEXTO
2. LOS PRINCIPALES AGENTES DEL SECTOR
3. LAS DIFERENTES EVALUACIONES DEL SECTOR FARMACÉUTICO.
4. REFORMAS ESTRUTURALES Y GESTIÓN INSTITUCIONAL DEL CAMBIO.
5. RECOMENDACIONES Y PROPUESTAS.
6. ANEXOS I - II
7. BIBLIOGRAFIA
A.- Políticas farmacéuticas y eficiencia
1.- Evolucionar el vigente sistema de copago farmacéutico hacia la modalidad de evitable en base al criterio de coste-efectividad. El diferencial aplicativo del copago deberá ajustarse a la renta y al estado de salud y no a la condición de activo o pensionista. El límite máximo de desembolso acumulado anual para todo tipo de copago o condición se fijará un porcentaje de la renta, dejando de aportar el usuario una vez alcanzado este valor porcentual.
2.- Búsqueda de nuevos modelos de financiación total o parcial: riesgo compartido, descuentos según volumen de ventas, financiación parcial según patología, eficacia demostrada… (evaluar experiencias y resultados en países como Inglaterra, Dinamarca,…).
3.- Revisión del modelo de precios de referencia que permita establecer precios diferenciados, si existe evidencia de valor terapéutico añadido, que se ajuste en base a la gama de genéricos existentes.
4.- En las residencias sociosanitarias se deberá atender con los mismos criterios clínicos de prescripción y reglas de actuación que en Atención Primaria, en relación a seguir las recomendaciones y guías farmacoterapéuticas y de dispensación farmacéutica hospitalaria, siendo para ello imprescindible el acceso a la Historia Clínica. Es necesario que en dichas residencias, el control y aprovisionamiento de los productos farmacéuticos que se necesiten, sea dispensado desde un Servicio de Farmacia Hospitalario o de Atención Primaria.
5.- Sobre la financiación selectiva debe cumplirse estrictamente la cláusula de eficiencia. No se financiará ningún nuevo medicamento si no demuestra que es más eficiente que los ya existentes en su grupo terapéutico.
6.- Promover la prescripción de todo tipo de medicamentos en forma de Denominación Común Internacional (DCI)/genéricos durante todo el periodo de formación y ejercicio profesional del médico, tanto en hospitales como en atención primaria.
7.- Potenciar la utilización de medicamentos bioequivalentes genéricos y facilitar la entrada de medicamentos biosimilares.
8.- Desplazar la atención desde los precios a las cantidades, desde los productos a los resultados, diseñando para ello mecanismos de financiación dinámica –según parámetros preestablecidos- más que confiando en la fijación de precios.
9.- Establecer sistemas de competencia en precios por medio de instrumentos de mercado que generen economías eficientes al sector público en los procesos de adquisición de medicamentos, garantizando la calidad del producto.
10.- Priorizar la puesta en funcionamiento de manera urgente la identificación singular de cada envase de medicamento, sujeto o no a prescripción, mediante un sistema de trazabilidad eficiente, que incorpore además fabricante, país de origen del principio activo, excipiente y empresa envasadora.
11.- Establecer un límite de aportación máxima anual por persona en medicamentos, para una mayor protección económica a los más débiles.
12.- Es objetivo de ética pública y eficiencia social extender al conjunto del SNS los procesos de licitación en concurrencia competitiva en precios para la adquisición de todos los medicamentos y productos farmacéuticos.
13.- Avanzar en el diseño y la implementación de formas dinámicas de financiación atentas a la efectividad alcanzada, contratos adaptados a volumen de ventas y contratos de riesgo compartido.
B.- Regulación de funciones y competencias en el sector farmacéutico
1.- Regular bajo principios de buen gobierno la presentación al Consejo Interterritorial (en forma electrónica) de informes anuales de transparencia por los laboratorios farmacéuticos fabricantes de medicamentos sanitarios financiados por el SNS84.
2.- Marco normativo que garantice la comercialización de las prestaciones autorizadas otorgando seguridad jurídica al sector industrial, al distribuidor y al consumidor.
3.- Los profesionales tendrán disponibles la información y puesta al día de los medicamentos aprobados y comercializados, así como de las distintas modificaciones que vayan surgiendo, a través de la página web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y de la Intranet de los Servicios de Salud Autonómicos.
4.- Realizar los cambios legislativos necesarios para hacer efectiva la dispensación farmacéutica en centros hospitalarios públicos y de atención primaria, sin perjuicio de las competencias y atribuciones que ostentan en la actualidad las oficinas de farmacia.
5.- Considerar de modo integral la aportación de los medicamentos a la mejora de la salud de la población.
6.- Instamos a la Administración a regular la prescripción por toma/día y por tiempo de tratamiento
C.- Evaluación económica y social de la prestación farmacéutica
1.- La cobertura pública de productos farmacéuticos estará sujeta con carácter general a criterios de valor terapéutico incremental comparado, evaluación económica y estado de suficiencia presupuestaria.
2.- El criterio de precios por valor de resultado clínico de los medicamentos debe basarse en una relación positiva coste-efectividad y ser socialmente aceptable.
3.- Defender el derecho que asiste a España de mantener las patentes de procedimientos.
4.- Perfeccionar y dotar de transparencia al sistema vigente de fijación de precios, no sólo incorporando actualizaciones que modulen la tendencia a maximizarlos, sino también con una mayor competencia técnica en la definición de precios de referencia.
D.- Reformas estructurales en las actividades esenciales de la cadena de valor farmacéutica
1.- Las farmacias debieran ser concesiones temporales, obtenidas por sistema meritocrático, y retornar el derecho de la autorización a la Administración por jubilación, renuncia o defunción del titular. Entendemos que una Autorización Administrativa no debe ser, en el ámbito sanitario público, objeto mercantil en sí misma.
2.- La directiva de la Comisión Europea de Liberalización de Servicios para aumentar la competencia, deberá ser aplicada efectivamente al ámbito de las oficinas de farmacia para mejorar la profesionalización de este servicio público y la eficiencia social.
3.- Replanteamiento competencial y marco jurídico de una nueva Agencia Nacional de Evaluación e Investigación de Tecnologías y Servicios del SNS independiente y participada colegiadamente por los Servicios de Salud de todas las Comunidades Autónomas, que guíe desde principios de buen gobierno los procesos de decisiones y fundamente económica y socialmente la incorporación de nuevas prestaciones y productos sanitarios.
4.- Los informes preceptivos para la toma de decisiones de financiación o cobertura pública y fijación de precios de medicamentos y/o productos sanitarios, pudieran tener un carácter vinculante en función de la naturaleza de la prestación, el tipo de innovación, los resultados de la evaluación económica, la categoría o preferencia del bien social analizado o el estado financiero del presupuesto público.
5.- Integrar verticalmente actividades y funciones de la cadena de valor farmacéutica entre el sector manufacturas y la distribución85,86.
6.- Modificar los mecanismos que rigen los circuitos de distribución con alternativas más eficientes manteniendo la cadena de valor del sector farmacéutico.
7.- Impulsar reformas en la asignación de responsabilidades entre administraciones sanitarias: distribución de competencias entre los distintos niveles de gobierno sanitario “gobernanza institucional multinivel”.
8.- La inversión de la Industria Farmacéutica en España en I+D+i debe ser acorde con el volumen de gasto farmacéutico que representa nuestro país en el entorno europeo.
E.- Roles agenciales en el sector del medicamento
1.- Garantizar la sostenibilidad de una política de uso racional de medicamentos exige de forma inexcusable contar con la implicación de médicos y consumidores.
2.- Incorporar incentivos de manera transparente a una prescripción de calidad, acorde con los objetivos institucionales del Sistema.
3.- Promover la necesaria participación activa y responsable de los usuarios, garantizando la equidad en el conjunto del Sistema.
4.- Las oficinas de farmacia actuarán conforme a la Ley de Protección de Datos guardando la debida cautela en la información que se da a los pacientes.
5.- La coordinación de la atención sociosanitaria corresponde al médico, como garantía incondicional de calidad del servicio.
6.- Las comisiones de bioética y de control de calidad de las Instituciones Sanitarias deberán ser garantes de las buenas normas de prescripción.
7.- Fomentar la prevención cuaternaria y la investigación para elaborar guías de práctica clínica orientadas a pacientes pluripatológicos y polimedicados con el fin de optimizar la terapéutica y reducir la iatrogenia.